Decreto 33/2024, de 26 de julio, sobre el régimen de intervención administrativa en las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera en la comunidad autónoma de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 10, de 30 de julio de 2024)
Palabras clave: Calidad del aire. Emisiones a la atmósfera. Instalaciones. Autorizaciones. Información.
Resumen:
La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, habilita a las comunidades autónomas para establecer y hacer cumplir los objetivos de calidad del aire en su ámbito territorial, adoptar las medidas de control e inspección necesarias para garantizar el cumplimiento de la norma y ejercer la potestad sancionadora. Asimismo, les faculta para que determinen, dentro de su territorio, los criterios comunes que definen los procedimientos de los organismos de control autorizados.
Por otra parte, el anexo IV de la Ley 34/2007 ha sido modificado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación, y por
Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, n. 97, de 24 de abril de 2024
Palabras clave: Sostenibilidad. Economía circular. Residuos. Reciclaje. Reutilización.
Resumen:
Uno de los retos más importantes que afronta la sociedad actual es implantar un sistema eficiente y sostenible de optimización de recursos que trata de disminuir los residuos, así como mejorar su gestión mediante el reciclaje y su reutilización.
España aprobó la Estrategia Española de Economía Circular (España Circular 2030) y el I Plan de Acción de Economía Circular 2021-2023, tomando como base el artículo 131 de la Constitución Española, que establece la capacidad de los poderes públicos de planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución; y del artículo 45 que consagra la conservación del medio ambiente como un derecho social y una obligación de las administraciones públicas.
La presente Ley
Decreto 9/2024, de 6 de junio, por el que se regulan las autorizaciones de cambio de uso forestal
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL n. 111, de 10 de junio de 2024
Palabras clave: Montes. Cambio de uso forestal. Usos agrarios. Procedimiento.
Resumen:
El objeto del presente Decreto es “establecer las condiciones y supuestos en los que podrá autorizarse el cambio de uso forestal de los montes cuando éste no venga motivado por razones de interés general declarado por el Estado o por la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 y 72 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León, así como el procedimiento a seguir para ello”
El presente Decreto resultará de aplicación a los cambios de uso forestal de los montes de Castilla y León excepto cuando se trate de montes catalogados de utilidad pública, protectores y con régimen de protección especial, en cuyo caso se regirán por su normativa específica, quedando igualmente excluidos de su ámbito de aplicación los supuestos previstos en el apartado
Decreto-ley 7/2024, de 25 de junio, para racionalización y el uso eficiente del agua en el sector turístico, de mitigación y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos de Andalucía, por el que se modifican determinadas disposiciones normativas y se adoptan medidas urgentes de apoyo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 125, de 28 de junio de 2024
Palabras clave: Turismo. Cambio climático. Eficiencia energética. Agua. Sequías. Alojamientos turísticos.
Resumen:
La actividad del turismo es considerada estratégica en Andalucía, máxime cuando su peso en el PIB andaluz se ha situado en torno al 13%, dando empleo a más del 13% del total de las personas empleadas en Andalucía.
La mitigación y adaptación al cambio climático son una pieza de un sistema complejo de reorientación de la actividad turística, según criterios de sostenibilidad ambiental. El turismo ha iniciado desde hace décadas un proceso de reconversión y adaptación basado en la eficiencia energética, la reducción
Decreto ley 5/2024, de 24 de junio, por el que se modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 123, de 25 de junio de 2024
Palabras clave: Energías renovables. Simplificación administrativa. Sector eléctrico. Suelo. Autorizaciones. Redes de transporte de electricidad. Comunicación previa. Energía fotovoltaica. Edificación. Planificación energética. Proyectos de acción climática. “Zonas de aceleración de energías renovables”. Contratación pública. Huella de carbono. “Marca de Excelencia Canaria de Eficiencia Energética y Acción Climática”. Vehículos. Régimen sancionador.
Resumen:
La Ley 6/2022 ha suscitado dudas respecto a la constitucionalidad de varios de sus preceptos, planteadas por la Administración General del Estado, que dieron lugar a una negociación entre dicha Administración y la Administración Autonómica, que culminó con el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias.
Al mismo tiempo, desde la aprobación de la Ley 6/2022, y durante el procedimiento de elaboración de los planes que se contemplan en la misma, se ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar ajustes en el
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