Ley Foral 16/2012, de 19 de octubre, de modificación del artículo 42 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo (BON núm. 213 de 30 de octubre de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ordenación del Territorio; Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal
Resumen:
Inicialmente, la vocación de los Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal, tanto en la legislación foral como en la de otras Comunidades Autónomas, era la de regular la implantación de infraestructuras, dotaciones e instalaciones que tuvieran un interés superior al estrictamente municipal, tales como carreteras, autovías, obras hidráulicas, obras de transporte de energía…
Posteriormente, su objeto ha ido ampliándose y ha llegado a abarcar incluso actuaciones residenciales, afectando a
Decreto 216/2012, de 23 de octubre, de primera modificación del Decreto 43/2008, de 15 de mayo, sobre procedimientos para la autorización de parques eólicos por el Principado de Asturias (BOPA núm. 250 de 27 de octubre de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Energía eólica; Procedimiento para la autorización de parques eólicos
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto la modificación del Decreto 43/2008, de 15 de mayo, sobre procedimientos para la autorización de parques eólicos en el Principado de Asturias, en los dos aspectos siguientes:
– Se añade una nueva Disposición Adicional relativa a la no aplicación de la zonificación determinada en el Anexo del Decreto 43/2008, de 15 de mayo, a las reparaciones y repotenciaciones de los parques eólicos cuya tramitación y puesta en servicio se haya
Decreto 193/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula el Observatorio Gallego de Educación Ambiental (DOG núm. 190 de 4 de octubre de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Educación ambiental; Observatorio de Educación Ambiental
Resumen:
El objeto del presente Decreto es regular las funciones y composición del Observatorio Gallego de Educación Ambiental, como órgano adscrito a la Consellería competente en materia de medio ambiente, la cual le prestará el soporte personal y material preciso para el ejercicio de sus funciones.
La finalidad principal del Observatorio será el seguimiento y evaluación de la situación de la Educación Ambiental en la
Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV núm. 193 de 3 de octubre de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Información ambiental; Servicios electrónicos; Registro de actividades con incidencia ambiental
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto regular la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales competencia de la Administración Pública del País Vasco, y la creación y regulación de un Registro que integre la información relativa a todas las actividades con incidencia ambiental en la Comunidad Vasca.
El Decreto, será de aplicación: a las entidades en sus relaciones con la Administración Pública de la Comunidad del País Vasco asociadas a procedimientos administrativos medioambientales de su competencia; a las relaciones entre la Administración general de la
Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (BOPV núm. 171 de 3 de septiembre de 2012)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Residuos; Residuos de la construcción y la demolición
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el objeto de: fomentar en condiciones ambientalmente seguras la reutilización de estos residuos, fomentar su prevención, reciclado y otras formas de valorización, minimizar su eliminación, asegurar su correcta eliminación, y en última instancia, contribuir al desarrollo de la edificación sostenible sin menoscabo de la calidad y funcionalidad de los edificios.
La norma, que toma todos aquellos aspectos cuya regulación queda delegada por el Real Decreto a las Comunidades Autónomas, estableciendo además aquellos otros que facilitan el cumplimiento de los objetivos sobre valorización de los residuos de construcción y demolición de la Comunidad Autónoma del País Vasco, regula a lo largo de sus
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