Decreto 15/2022 de 16 de mayo, por el que se establece un Plan de Gestión para la Pesca Profesional Artesanal en las Aguas Interiores de las islas Pitiusas y se modifica el Decreto 38/2018, de 16 de noviembre, por el cual se establece la Reserva Marina de la Punta de Sa Creu y se regulan las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 65, de 19 de mayo de 2022
Palabras Clave: Pesca. Especies. Artes de pesca. Embarcaciones. Censos. Reservas marinas.
Resumen:
Las islas Pitiusas, Eivissa y Formentera, mantienen un modelo de explotación pesquera marcadamente estacional, con una actividad intensa durante los meses estivales y una actividad reducida el resto del año, que ha permitido mantener los recursos pesqueros de las aguas interiores en un estado excepcionalmente bueno. Este modelo no se ajusta adecuadamente al marco normativo actual, de manera que conviene redactar una norma específica para la pesca en los caladeros compartidos de estas islas, la cual ha de tener en cuenta, por un lado, los resultados del seguimiento
Decreto 3/2022 de 28 de febrero, por el que se regula el régimen jurídico i funcionamiento de la Comissión de Medio Ambiente de las Illes Balears i se desarrolla el procedimiento de evaluación ambiental
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 31, de 1 de marzo de 2022
Palabras Clave: Organización administrativa. Órgano ambiental. Competencias. Evaluaciones ambientales.
Resumen:
A raíz de la derogación de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares por el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, y para mejorar algunas cuestiones de competencias, composición y régimen de funcionamiento, se considera necesario adaptar la organización, procedimiento y funcionamiento de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB). Asimismo, en el marco del procedimiento establecido en la legislación básica estatal y con las particularidades previstas en el Texto refundido, se introduce un desarrollo de la tramitación de las evaluaciones ambientales.
La CMAIB es un órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares con independencia funcional, adscrito a la consejería competente en materia de medio ambiente, y
Decreto ley 3/2022, de 11 de febrero, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) En tu caso, lo que quieras que aparezca
Fuente: BOIB n. 22, de 11 de febrero de 2022
Palabras Clave: Turismo. Sostenibilidad. Economía circular. Cambio climático. Recursos naturales. Energía. Residuos. Alimentación. Planificación. Certificación.
Resumen:
El turismo se configura como el principal motor económico y social de las Illes Balears, representa más del 45 % del PIB, ofrece trabajo a más de 200.000 personas, y económicamente ha supuesto en los últimos años unos ingresos anuales superiores a los 16.000 millones de euros. Sin embargo, la irrupción de la pandemia asociada a la COVID-19 está acelerando la transformación del turismo en busca de una mayor creación de valor económico, social y ambiental.
El 21 de diciembre de 2020 la Asamblea General de las Naciones Unidas dictó la Resolución 75/229 denominada Promoción del turismo sostenible, incluido el ecoturismo, para la erradicación de la pobreza y la protección del medio ambiente, y que, entre otros aspectos, invitaba a los gobiernos
Decreto 48/2021 de 13 de diciembre, regulador del Registro balear de huella de carbono
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 171, de 14 de diciembre de 2021
Palabras clave: Cambio climático. Gases de efecto invernadero. Empresas. Huella de carbono. Emisiones difusas. Planes de reducción. Proyectos de absorción de dióxido de carbono y compensación de huella de carbono. Verificación.
Resumen:
La Ley 10/2019, de cambio climático y transición energética de esta comunidad autónoma, de cara a garantizar el cumplimiento de los objetivos que se marca y contribuir a la reducción progresiva de las emisiones de gases de efecto invernadero en las Illes Balears, crea el Registro balear de huella de carbono, remitiendo su concreción a un desarrollo reglamentario posterior que se materializa en el presente decreto.
Esta norma determina que las organizaciones sujetas al alcance del decreto deberán calcular y verificar las emisiones difusas de sus instalaciones por intervalos temporales de tres años, así como aportar los planes de reducción de sus emisiones difusas para cumplir con los objetivos
Decreto 31/2021, de 31 de mayo, por el cual se regula el marisqueo profesional y recreativo en las Illes Balears y se modifica el Decreto 19/2019, de 15 de marzo, por el que se establece el Plan de Gestión Pluriinsular para la pesca con artes de tiro tradicionales en aguas de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 71, de 1 de junio de 2021
Temas Clave: Marisqueo. Licencias. Especies. Pulpo. Aguas marinas. Capturas. Aparejos.Transporte. Prohibiciones.
Resumen:
En esta Comunidad Autónoma, el marisqueo profesional y recreativo está regulado por el Decreto 26/2015, de 24 de abril de 2015, que supuso una mejora notable en la regulación de la actividad de recogida de marisco en las Illes Balears, pero que después de cinco años desde su entrada en vigor se considera necesaria su actualización con la finalidad de gestionar el incremento de las licencias para capturar pulpos con nasa por las embarcaciones de pesca profesional de la modalidad de artes menores, fijando medidas de conservación del recurso, de participación y de control.
Asimismo, esta norma prevé la simplificación de los requisitos
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