Ley 1/2024, de 16 de febrero, de mejora de la regulación de los servicios de transporte con vehículos de hasta nueve plazas en las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 26, de 22 de febrero de 2024
Palabras clave: Movilidad sostenible. Transporte urbano. Taxis. Vehículos de arrendamiento con conductor. Prestación de servicios. Tráfico. Licencias. Autorizaciones. Calidad del aire. Criterios medioambientales.
Resumen:
Esta modificación de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears, trata de los sectores del taxi y de vehículos de arrendamiento con conductor, que padecen, desde hace años, continuas modificaciones legislativas, tanto por parte del Estado como de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
A nivel estatal, las modificaciones que se han ido introduciendo en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, son debidas a la necesidad de atender los problemas de movilidad, congestión de tráfico y medioambientales que el elevado incremento de la oferta de transporte