Decreto 32/2022, de 30 de marzo, por el que se aprueba la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura número 66, de fecha 5 de abril de 2022.
Palabras Clave: Demografía. Desarrollo sostenible. Desarrollo rural. Sociedad civil. Participación.
Resumen:
La Comunidad de Extremadura elaboró un informe de situación en el año 2018 con el fin de afrontar el desafío Demográfico y Territorial en su territorio como una de las necesidades más importantes. Este informe junto con otro posterior del 2019, “Reto Demográfico y Equilibrio Territorial en Extremadura” son considerados como la hoja de ruta a seguir en la gestión y en el diseño de las políticas públicas para tratar de revertir esta situación.
En el desarrollo de esta Estrategia han participado la Universidad de Extremadura, así como otras administraciones y entidades entre las que destacan: Diputaciones Provinciales, FEMPEX, Grupos de Acción Local, entre otros, o distintos representantes de la sociedad civil.
El marco normativo en el que se encaja la Estrategia que aquí comentamos viene establecido también en la Ley
Decreto-Ley 1/2022, de 2 de marzo, de medidas urgentes de mejora de la calidad en la contratación pública para la reactivación económica
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de Extremadura número 45, de fecha 7 de marzo de 2022
Palabras clave: Pandemia. Simplificación administrativa.
Resumen:
En un marco de crisis pandémica y ecológica, se aprueba este Decreto sobre medidas de tipo urgente con el que se pretende promover e impulsar la actividad económica. En concreto, a lo que afecta a las cuestiones más de tipo ambiental, el decreto-ley se estructura en nueve artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cinco disposiciones finales.
En el primero de sus artículos establece los objetivos del Decreto que no es otro que mejorar la calidad de vida y la eficiencia de la contratación pública en sectores estratégicos.
En los artículos tres y cuatro, se incluyen disposiciones relativas a la ponderación del precio en relación con el resto de aspectos a contemplar en los contratos de obras y servicios.
Con este tipo de contratos, se quiere apostar más sobre el valor de
Decreto 59/2021, de 9 de junio, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial de la Serena
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOE, número 113, de fecha 15 de junio de 2021
Palabras clave: Ordenación territorial. Urbanismo. Edificación.
Resumen:
Visto el expediente de referencia, se observa que el objeto del Plan Territorial se ajusta al establecido en el artículo 54 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (en adelante LSOTEX) y 14 del Reglamento de Planeamiento de Extremadura, aprobado por Decreto 7/2007, de 23 de enero, constituyendo el mismo la definición integral de los elementos básicos que estructuran el ámbito geográfico delimitado por los términos municipales de Benquerencia de la Serena, Cabeza del Buey, Capilla, Castuera, Esparragosa de la Serena, Higuera de la Serena, Malpartida de la Serena, Monterrubio de la Serena, Peñalsordo, Valle de la Serena, Quintana de la Serena, Zalamea de la Serena y Zarza-Capilla; apreciándose asimismo que el modelo territorial definido por el plan territorial se ajusta
Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación del galápago de Florida (Trachemys scripta) en Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial Extremadura. Número 87 de 10 de mayo de 2021
Palabras clave: Biodiversidad. Especies invasoras. Especies exóticas.
Resumen:
Las especies exóticas invasoras constituyen una de las principales causas de pérdida de bio- diversidad en el mundo, circunstancia que se agrava en hábitats y ecosistemas especialmente vulnerables, como son las islas y las aguas continentales. La introducción de estas especies invasoras también puede ocasionar graves perjuicios a la economía, especialmente a la producción agrícola, ganadera y forestal, e incluso a la salud pública.
El galápago de Florida (Trachemys scripta) es una de las 100 especies de animales exóticos con mayor capacidad invasora que desplaza a otros quelonios autóctonos por competencia por los mejores lugares de insolación.
El Real Decreto 630/2013, que define el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, en el cual se
Orden de 29 de abril de 2021 por la que se aprueba el protocolo para el control y/o erradicación del avispón asiático (Vespa velutina) en Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial Extremadura. Número 87 de 10 de mayo de 2021
Palabras clave: Biodiversidad. Especies invasoras. Fauna silvestre. Especies exóticas.
Resumen:
Después del deterioro y de la pérdida de hábitat, las especies exóticas invasoras han sido señaladas como la segunda causa de extinción de especies a nivel mundial, afectando en particular a la diversidad biológica de islas y de ecosistemas aislados. El extraordinario aumento en el movimiento de especies silvestres asociada a la globalización económica, ha producido una aceleración de la tasa de introducción de nuevas especies exóticas de todo el mundo, con sus consecuencias perjudiciales sobre la diversidad biológica nativa (Simberloff 2001, Genovesi & Shine 2004). En Extremadura, tras la destrucción del hábitat, la introducción de especies exóticas invasoras constituye la mayor amenaza para la flora y fauna autóctonas (Pérez Bote et al., 2010).
La llegada de especies exóticas invasoras puede ser resultado tanto de introducciones intencionadas o accidentales por
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