ORDEN AYG/1535/2010, de 18 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente de la Fauna Silvestre de Castilla y León (BOCYL núm. 221, de 16 de noviembre de 2010).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Investigadora del centro de formación CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La presente Orden se promulga con la finalidad de establecer un Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente en la comunidad de Castilla y León, que permita, por una parte, obtener información sobre la situación sanitaria de la fauna silvestre, y en su caso, el control y las tendencias de las enfermedades que se produzcan; y por otra, el establecimiento de las condiciones necesarias para los movimientos de los animales. Todo ello con el fin de minimizar la posibilidad de diseminación de enfermedades que pongan en riesgo el libre comercio de la ganadería de la comunidad, que puedan vehicular determinadas zoonosis, y que en definitiva alteren el medio natural afectando así, a toda la pirámide ecológica, provocando daños irreparables en la fauna silvestre.
Este Plan de Vigilancia Sanitaria Permanente
Decreto 34/2010, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Regional de ámbito Territorial Zamor@-Duero (BOCyL núm. 174, de 8 de septiembre de 2010)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Este Plan se incorpora dentro del marco normativo de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, como instrumento de intervención directa en dicha ordenación y en relación con el Plan del “Valle del Duero”, instrumento de ordenación territorial marco, con la finalidad de revitalizar económicamente Zamora por su potencial de desarrollo, situada estratégicamente entre el corredor internacional del Duero e interregional de la Vía de la Plata.
Los tres objetivos básicos del Plan son: Incrementar la centralidad/modalidad de Zamora como polo de actividad territorial (Centro de Transportes y Logística y servicios asociados). Contribuir al fomento de una economía mixta en la ciudad (Proyecto de Cúpula del Duero con Programa de I+D+i, equipamientos y servicios avanzados). Alcanzar
Decreto 28/2010, de 22 de julio, por el que se aprueba la Norma Técnica Urbanística sobre Equipamiento Comercial de Castilla y León. (BOCyL núm. 144, de 28 de julio de 2010)
Autora de la nota: Celia María Gonzalo, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Derogado el Plan Regional de Equipamiento Comercial aprobado por Decreto 104/2005, de 29 de diciembre, por el Decreto Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de Servicios de Castilla y León (que asumió las limitaciones que la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior, impuso respecto a la posibilidad de regular la actividad comercial), el objeto de esta Norma Técnica Urbanística, es el desarrollo de lo previsto en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, señalando los criterios para concretar las determinaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico, en lo relativo a la ordenación de las dotaciones urbanísticas que conforman el equipamiento comercial, y en especial en cuanto a la ubicación y funcionalidad de los grandes establecimientos comerciales, todo ello, con el fin de contribuir
Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio , de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia). (Boletín Oficial de Castilla y León nº 104, miércoles 2 de junio de 2010).
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Espacios Naturales Protegidos; Evaluación ambiental.
Resumen:
Se ha venido observando que, tras la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña (Palencia) y su posterior declaración como espacio natural, integrante de la Red Natura 2000, la evolución socioeconómica de los municipios incluidos en este espacio natural mantiene un continuo retroceso, con merma de población, en especial de los tramos más jóvenes, y deterioro de las rentas de sus habitantes. Situación que demuestra que las medidas hasta ahora puestas en marcha son insuficientes, incluidas las vinculadas a la creación del propio Parque. Por lo que se considera apropiada la adopción de las medidas oportunas, a través del esta Ley, para permitir la evaluación ambiental de las actividades que se pretenden llevar a cabo en el ámbito del Parque, garantizando a través de este procedimiento su
Decreto 21/2010, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Plan Regional de ámbito Territorial del Valle del Duero. (Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 104. Miércoles, 2 de junio de 2010)
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Resumen:
Decreto a través del cual se aprueba el Plan Regional de ámbito Territorial del Valle del Duero, como instrumento de ordenación del territorial de carácter y alcance supramunicipal; sobre la base de la competencia exclusiva de la Comunidad autónoma en materia de ordenación del territorio. En todo caso, configurándose como un instrumento de intervención directa en la ordenación del territorio de la Comunidad Castellano y leonesa, promovido por la Consejería de Medio ambiente en la búsqueda de un modelo territorial de desarrollo sostenible mediante la dinaminación del territorio del Duero; dado que se contempla el corredor del Duero como uno de los ejes estratégicos de desarrollo de la Región.
Un Plan a todas luces concordante con la Estrategia Territorial Europea y en el que se manifiesta, en todo caso, el interés general, tanto del sector afectado como de las actuaciones previstas en
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