Decreto 396/2010, de 2 de noviembre, por el que se establecen medidas para la recuperación de la anguila europea (Anguilla Anguilla). (Boletín Oficial de Andalucía núm. 221, de 12 de noviembre de 2010).
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Investigadora, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Especies naturales; Acuicultura; Comunidad Autónoma de Andalucía.
Resumen:
Como desarrollo de las previsiones contenidas en la Ley 1/2002. de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina, y en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres de la Comunidad andaluza, se dicta este Decreto de 2 de noviembre de 2010. Desarrollo puesto que amplía las previsiones contenidas en aquéllas respecto a la protección y recuperación de una especie en concreto, cual es la anguila europea. Una especie que ha sufrido un grave y veloz declive en toda su área de distribución europea; la especie se encuentra en situación de grave declive, un declive causado, entre otras, por la alteración de la Corriente del Golfo por el cambio climático, así
Decreto 397/2010, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial de Residuos no peligrosos de Andalucía. (BOJA núm. 114 de 25 de noviembre de 2010)
Autora de la Nota: Berta Marco Ciria. Investigadora CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
La consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha aprobado mediante el presente Decreto el Plan Director Territorial de Residuos no peligrosos, el cual sentará las bases de política en materia de residuos no peligrosos hasta el año 2.019. Este Plan se presenta como la continuación del anterior cuya vigencia expiró en 2.008 y que fue aprobado en 1.998 igualmente por Decreto.
La razón de su existencia obedece a una imposición legal recogida en dos normas con rango de ley, la primera de ámbito estatal y la segunda de ámbito autonómico. Se trata de la Ley 10/1998 de 21 de abril de Residuos (art. 4 y 5) y la Ley 7/2007, de 9 de Julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía (art. 98). Sendas normas disponen que será competencia de la Comunidad Autónoma por medio de su consejería correspondiente la elaboración de planes autonómicos de gestión de residuos. Asimismo, el
Decreto 387/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el marisqueo en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA núm. 214, de 3 de noviembre de 2010)
Autora de la Nota: Berta Marco Ciria. Investigadora CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
En virtud de la competencia exclusiva en materia de pesca marítima y recreativa en aguas interiores, marisqueo y buceo profesional que tiene atribuida la Comunidad Autónoma de Andalucía y recogida en el artículo 48.2 de su Estatuto básico de autonomía se aprueba este Decreto. Decreto cuyo objeto no es otro que el de regular de manera óptima la actividad de marisqueo en Andalucía, una actividad que hasta el momento estaba principalmente regulada en la Ley 1/2002 de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca marítima, el marisqueo y la Acuicultura Marina y en la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 23 de septiembre de 2008.
Lo que se espera con la aprobación de este Decreto es unificar en una sola norma todas aquellas que hasta la fecha regulaban de una u otra manera su ejercicio.
El primer capítulo del mencionado
Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre. (BOJA núm. 192, de 30 de septiembre de 2010)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Uno de los principios rectores de los poderes de la Comunidad Autónoma de Andalucía es precisamente la atención y protección civil ante situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública, que incluyen los servicios de protección y extinción de incendios, que constituyen la principal amenaza para los espacios naturales de Andalucía, poniendo en peligro vidas humanas y generando una fuerte alarma social. El marco normativo existente hasta el momento y la experiencia de muchos años, han hecho necesaria la aprobación de este nuevo Plan de Emergencia por Incendios Forestales en Andalucía (INFOCA) para dar cobertura jurídica a las actuaciones que se lleven a cabo.
Se estructura en siete Capítulos y tiene por
Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética. (BOJA núm. 159, de 13 de agosto de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo. Investigadora y responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Los impactos negativos que implica una iluminación artificial inadecuada se traducen principalmente en un aumento del brillo del cielo nocturno que dificulta las investigaciones astronómicas, en el caso de Andalucía para los Observatorios de Sierra Nevada (Granada) y Calar Alto (Almería) declarados puntos de referencia, así como en el incremento del consumo energético y por ende de la producción de contaminantes atmosféricos.
A través de este Decreto, se desarrolla la Sección 3ª del Capítulo II del título IV de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, que regula por primera vez en Andalucía la contaminación lumínica. Su objetivo básico es regular los requisitos que deben cumplir las instalaciones de alumbrado exterior y los dispositivos luminotécnicos de alumbrados
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