Decreto-Lei n.º 4/2025, que procede a la clasificación definitiva de la Zona Especial de Conservación de São Mamede, estableciendo los objetivos específicos de conservación y las medidas de gestión necesarias para garantizar la protección de los hábitats y especies de interés comunitario presentes en la zona, en conformidad con la Directiva Hábitats y la Red Natura 2000
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 26, de 06 de febrero de 2025
Palabras clave: Conservación de la naturaleza. Biodiversidad. Red Natura 2000. Zonas Especiales de Conservación. Hábitats protegidos.
Resumen:
El Decreto-Ley n.º 4/2025, de 6 de febrero, concluye el proceso de designación de la Zona Especial de Conservación (ZEC) de São Mamede (PTCON0007), dando cumplimiento a los compromisos asumidos por Portugal en el marco de la Red Natura 2000 y la Directiva Hábitats (92/43/CEE). Esta normativa establece los objetivos específicos de conservación y las medidas de gestión para esta área protegida, asegurando la protección de los hábitats y especies de flora y fauna que justificaron su clasificación.
La creación de esta ZEC responde a las obligaciones de los Estados Miembros de la Unión Europea en materia de conservación, que incluyen la designación de sitios de importancia comunitaria (SIC) como ZEC y la adopción de medidas concretas para su protección y gestión. La ZEC de São Mamede ya había sido delimitada territorialmente mediante el Decreto Regulamentar n.º 1/2020, pero este nuevo decreto-ley establece de forma definitiva los objetivos de conservación y las medidas de ordenación y gestión necesarias para garantizar el estado de conservación favorable de los hábitats naturales y las especies protegidas que alberga.
El “Decreto-lei” define los hábitats y especies de especial interés para la conservación en la ZEC de São Mamede, destacando la protección de ecosistemas ripícolas, montados, bosques de alcornoques (Quercus) y grutas que albergan importantes colonias de murciélagos. Además, establece medidas concretas para la mejora del estado de conservación de especies emblemáticas como el lince ibérico (Lynx pardinus) y diversos peces, anfibios y reptiles autóctonos. Se prevé la adopción de un Plan de Gestión específico para la zona, que incluirá acciones adicionales para la restauración ecológica y la gestión sostenible del territorio.
El decreto establece un conjunto de medidas de ordenación del territorio, gestión ecológica y protección ambiental dentro de la ZEC de “São Mamede”. En el ámbito de la ordenación territorial, se impone la obligatoriedad de que los planes urbanísticos y de desarrollo territorial reconozcan la existencia de la ZEC y adopten restricciones específicas para garantizar la protección de los valores naturales. Entre ellas, se prohíbe la construcción en suelo rústico, con algunas excepciones para actividades agrícolas y forestales sostenibles. Además, se requiere un informe favorable del “Instituto de Conservación de la Naturaleza y de los Bosques” (ICNF, I.P.) para cualquier intervención que pueda afectar los hábitats protegidos, incluyendo infraestructuras energéticas y urbanización de ciertas áreas.
En cuanto a la gestión y conservación, el decreto impone restricciones estrictas a actividades que puedan deteriorar los hábitats naturales, como la alteración de cursos de agua, la plantación de especies exóticas invasoras o la extracción de inertes. También se establecen medidas específicas para proteger especies clave, como la conservación de grutas utilizadas por murciélagos y la protección de bosques de encinas y alcornoques. Además, se introduce un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, con multas para actividades que pongan en riesgo la conservación del área protegida.
Este decreto refuerza el compromiso de Portugal con la conservación de la biodiversidad y la protección de los ecosistemas en el marco de la Red Natura 2000, asegurando la preservación de los hábitats naturales de la Sierra de São Mamede. Las principales implicaciones incluyen: protección efectiva de hábitats y especies de interés comunitario, con medidas específicas para su conservación y restauración; regulación del uso del suelo y de las actividades humanas, evitando impactos negativos sobre los ecosistemas protegidos; garantía de la compatibilidad entre la conservación y el desarrollo sostenible, promoviendo prácticas agrícolas y forestales alineadas con la preservación del medio ambiente; fortalecimiento del marco legal y administrativo para la gestión de áreas protegidas en Portugal, facilitando su implementación y cumplimiento. Además, la adopción de medidas de vigilancia y sanción asegurará el respeto de la normativa, contribuyendo a la protección a largo plazo del patrimonio natural de la región.
Con este decreto, la Zona Especial de Conservación de “São Mamede” recibe un marco legal claro y específico para garantizar su protección y gestión eficaz, contribuyendo a la conservación del patrimonio natural de Portugal y al cumplimiento de los compromisos europeos en materia de biodiversidad.
Entrada en vigor: 7 de febrero de 2025.
Normas afectadas: Finalización del proceso de designación de la ZEC de São Mamede (PTCON0007), conforme a la Directiva Hábitats (92/43/CEE); modificación del “Decreto-Lei” n.º 140/99, de 24 de abril, que regula la conservación de la naturaleza en Portugal.
Enlace web: Decreto-Lei n.º 4/2025, que procede a la clasificación definitiva de la Zona Especial de Conservación de São Mamede, estableciendo los objetivos específicos de conservación y las medidas de gestión necesarias para garantizar la protección de los hábitats y especies de interés comunitario presentes en la zona, en conformidad con la Directiva Hábitats y la Red Natura 2000