Ley nº 51/2021, de 30 de julio, por la que se decreta la realización de un consulta nacional sobre el desperdicio alimentario en Portugal
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 147, de 30 de julio de 2021
Palabras clave: Desperdicio alimentario. Consulta. «Comissão Nacional de Combate ao Desperdício Alimentar (CNCDA)»
Resumen: Esta ley determina la realización de una consulta pública a nível nacional con la finalidade de obtener datos que permitan la realización de un diagnóstico veraz sobre la cantidad real de alimentos que se desperdician en Portugal.
La consulta va dirigida a todos los agentes que participan en la cadena alimentar (desde los produtores hasta los consumidores) y la compentencia para la realización de la misma fue atribuida a la «Comissão Nacional de Combate ao Desperdício Alimentar (CNCDA)», creada por el Despacho n.º 14202 -B/2016, de 25 de noviembre. No obstante, la responsabilidade por el tratamiento de los datos obtenidos corresponde al Instituto Nacional de Estatística, I. P., sin perjuicio de que otras entidades designadas por la CNCDA puedan intervenir en el procedimiento de consulta.
La determinación de los plazos y términos en que será realizada la consulta, así como el financiamiento de la misma cabe al Gobiernto, que en ningún caso deberá excederse del plazo de seis meses, a contar desde la fecha de publicación de la Ley nº 51/2021, de 30 de julio, para realizar esta tarea.
Una vez finalizada la consulta, compete a la CNCDA la elaboración de un informe con los resultados de la misma que será enviado al miembro del Gobierno responsable por la materia de alimentación. Este, por su vez, lo renviará al Parlamento, definiendo los términos em que será realizado debate público sobre el mismo e invitando a participar a todos los interesados.
Por último, hay que referir que para el desarrollo reglamentar de esta ley por el Gobierno se establece, en el artículo 6º de la misma, un plazo de tres meses a contar desde su fecha de publición.
Entrada en vigor: 31 de julio de 2021
Normas afectadas: no afectó ninguna normativa.
Enlace web: Lei n.º 51/2021 de 30 de julho, inquérito nacional sobre o desperdício alimentar em Portugal.