Ley 10/2023, de 7 de agosto, de derogación de la Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja número 161 de fecha 8 de agosto de 2023.
Palabras clave: Bienestar animal. Animales. Caza. Mascotas. Ganadería. Cetrería.
Resumen:
Con carácter previo, la Rioja aprobó la Ley 6/2018 de 26 de noviembre, de protección de los animales. Para el nuevo gobierno de La Rioja, se trata de una norma que se aprobó sin el consenso necesario para una ley de tal calado y con la oposición pública de muchos de los protagonistas de la misma, de ganaderos, cazadores, realeros y veterinarios, entre otros muchos.
Además, mediante el Recurso 1203/2019 se declara la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado del artículo 7, la pérdida del objeto en relación con lo citado de los artículos 2, 6, 7 y 12, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 81/2020, de 15 de julio.
El nuevo marco legal estatal, con la aprobación de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, resulta que gran parte de la norma riojana no se ajusta a esta regulación nacional. Por ejemplo, en la ley riojana no quedan excluidos los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado), así como los utilizados en actividades profesionales (dedicadosaunaactividadocometidoconcretorealizadoconjuntamenteconsuresponsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas…
Igualmente, en la ley nacional quedan excluidos los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza. Todos ellos se regulan y quedarán protegidos por la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondientes, y que les sea de aplicación al margen de la Ley 7/2023.
La esterilización de perros, gatos y hurones es una obligación en la ley riojana, mientras que en la estatal se debe ‘promocionar’. La norma estatal marca como fecha para alcanzar el sacrificio cero el próximo 24 de septiembre de 2023, mientras que la Ley 6/2018 de La Rioja lo aplaza hasta el 26 de noviembre de 2024.
Estas son algunos de los argumentos expuestos por el nuevo ejecutivo de La Rioja, en aras de la seguridad jurídica, de la buena técnica legislativa, del cumplimiento de la normativa vigente, resulta necesario y urgente procederá derogar la normativa autonómica, todo ello teniendo clara la importancia de implementar buenas políticas y medidas en la defensa, la protección y el bienestar de los animales.
Entrada en vigor: El 8 de agosto de 2023.