<\/p>\n

Para ello, la nueva disposici\u00f3n normativa:<\/p>\n

a) Establece los requisitos materiales y procedimentales que deber\u00e1n cumplir las edificaciones citadas en su Anexo I para la obtenci\u00f3n de la certificaci\u00f3n de eficiencia energ\u00e9tica, as\u00ed como las condiciones y procedimiento a seguir para su actualizaci\u00f3n y renovaci\u00f3n.<\/p>\n

b) Regula el r\u00e9gimen al que se ajustar\u00e1 el control administrativo y externo del cumplimiento de la eficiencia energ\u00e9tica de los edificios, fijando los par\u00e1metros a los que deber\u00e1 ajustarse la actuaci\u00f3n de los agentes que lleven a cabo \u00e9ste \u00faltimo.<\/p>\n

c) Crea el Registro de Eficiencia Energ\u00e9tica de Edificios, regula su contenido y el procedimiento de inscripci\u00f3n. <\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Extremadura.","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-extremadura-2","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-08 12:38:53","post_modified_gmt":"2011-06-08 11:38:53","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1720","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

23 June 2009

Extremadura Current Legislation

Legislación al día. Extremadura.

Decreto 136/2009, de 12 de junio, por el que se regula la certificación de eficiencia energética de edificios en la omunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 18 de junio de 2009).

El Decreto 136/2009, en vigor desde el pasado 19 de junio, pretende completar a nivel autónomico el marco necesario para la aplicación de la Directiva 2002/91/CE relativa a los la eficiencia energética de los edificios, que determinó que los usuarios que desearan adquirir un inmueble deben disponer de un certificado de calificación energética del edificio terminado.

Para ello, la nueva disposición normativa:

a) Establece los requisitos materiales y procedimentales que deberán cumplir las edificaciones citadas en su Anexo I para la obtención de la certificación de eficiencia energética, así como las condiciones y procedimiento a seguir para su actualización y renovación.

b) Regula el régimen al que se ajustará el control administrativo y externo del cumplimiento de la eficiencia energética de los edificios, fijando los parámetros a los que deberá ajustarse la actuación de los agentes que lleven a cabo éste último.

c) Crea el Registro de Eficiencia Energética de Edificios, regula su contenido y el procedimiento de inscripción.