Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen: este Decreto aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, dando cumplimiento así a las previsiones de la Directiva marco de aguas y convirtiéndose Cataluña en la primera comunidad autónoma en aprobar un plan hidrológico adaptado a las nuevas exigencias comunitarias.
Este Plan, articulado con arreglo a los principios de la Directiva marco de aguas, es el nuevo instrumento de planificación hidrológica para el período 2010-2015 en el ámbito territorial de competencia de la Generalitat de Cataluña. Este Plan establece las acciones y las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la planificación hidrológica del distrito de cuenca fluvial de Cataluña y concreta para las diversas masas de agua los objetivos ambientales definidos por el artículo 92 bis del Texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y el artículo 19 del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre.
Su ámbito territorial está constituido por las cuencas hidrográficas internas de Cataluña y por las aguas subterráneas y costeras asociadas. En cuanto a su contenido, es el que establecen los artículos 42 del Texto refundido de la Ley de aguas, el artículo 13 del Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Decreto 380/2006, de 10 de octubre, y el artículo 4 del Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio. Para ello, se estructura en diez capítulos (disposiciones generales; ámbito territorial y masas de agua; zonas protegidas; objetivos ambientales; caudales de mantenimiento; usos del agua y dotaciones; balance, asignación y reserva de recursos; protección y gestión del medio; estructuras organizativas de gestión; y régimen económico-financiero).
Normas afectadas: se deja sin aplicación en Cataluña el Plan hidrológico de las cuencas internas de Cataluña, aprobado mediante el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el cual se aprueban los planes hidrológicos de cuenca. También se añade un nuevo párrafo al apartado 2 del artículo 2 del Decreto 31/2009, de 24 de febrero, mediante el cual se delimita el ámbito territorial del distrito de cuenca hidrográfica o fluvial de Cataluña y se modifica el Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Decreto 380/2006, de 10 de octubre.