estas bolsas en los puntos de venta de los art\u00edculos o productos y la base imponible vendr\u00eda representada por el n\u00famero total de bolsas suministradas por el sujeto pasivo durante el periodo impositivo, que coincidir\u00e1 con el a\u00f1o natural.<\/p>\r\n

En esta misma Secci\u00f3n, se regula el Canon de Saneamiento, ajust\u00e1ndose las tarifas al costo real del servicio prestado. En la Secci\u00f3n Segunda, dentro de las Tasas aplicables por la Consejer\u00eda de Medio Ambiente, se actualizan la tarifa de la Tasa de Gesti\u00f3n de Residuos S\u00f3lidos Urbanos en base a principio de recuperaci\u00f3n de costes y la Tasa de abastecimiento de Agua en alta, en la que se traslada el coste a los usuarios, a trav\u00e9s de dos tarifas conformadas por una parte fija, que responde a los costes fijos de la disponibilidad de las infraestructuras y otra variable, que responde al consumo. Para adecuarlas a los costes reales del servicio, tambi\u00e9n se modifican las tasas por denominaciones de calidad de productos agroalimentarios de Cantabria y la tasa por pesca mar\u00edtima, cre\u00e1ndose una nueva tasa denominada \u201cexpedici\u00f3n de gu\u00edas de circulaci\u00f3n de peces y productos de la acuicultura\u201d.<\/p>\r\n

En el T\u00edtulo II, relativo a las medidas de contenido financiero, se procede a la supresi\u00f3n del apartado 3 de la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Ley de Cantabria 17\/2006, de 11 de diciembre, de Control ambiental Integrado, que implica la supresi\u00f3n de la retroactividad de la norma respecto a la necesidad de obtener acta de conformidad ambiental para las instalaciones preexistentes a su entrada en vigor.<\/p>\r\n

En otro orden, se reduce el canon por ocupaci\u00f3n del dominio p\u00fablico a las Cofrad\u00edas de Pescadores, debido a la delicada situaci\u00f3n por la que atraviesa el sector pesquero. Y se modifica la Ley 8\/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gesti\u00f3n de residuos s\u00f3lidos urbanos de Cantabria, en el sentido de extender este servicio \u00fanicamente a los residuos urbanos de origen dom\u00e9stico, estableci\u00e9ndose un r\u00e9gimen sancionador por incumplimiento de las normas fijadas para este servicio.<\/p>\r\n

Entrada en vigor:<\/strong><\/p>\r\n

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1 de enero de 2011<\/p>\r\n

Normas afectadas:<\/strong><\/p>\r\n

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Se modifican:<\/p>\r\n

-Ley de Cantabria 8\/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gesti\u00f3n de Residuos S\u00f3lidos Urbanos.<\/p>\r\n

-Ley de Cantabria 5\/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.<\/p>\r\n

-Ley de Cantabria 17\/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.<\/p>\r\n

-Decreto de Cantabria 27\/1992, de 13 de febrero, por el que se fija el precio p\u00fablico por contraprestaci\u00f3n del servicio de suministro de agua de los planes especiales gestionados por el Servicio Hidra\u00falico de la Direcci\u00f3n General de Obras Hidra\u00falicas y Ciclo Integral del Agua.<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Cantabria","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-cantabria-14","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2020-08-25 13:55:35","post_modified_gmt":"2020-08-25 11:55:35","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/www.observatoriodellitoral.es\/actualidad_juridica_ambiental\/?p=4394","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

13 January 2011

Cantabria Current Legislation

Legislación al día. Cantabria

Ley 11/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero. (BOCantabria Extraordinario núm. 33, de 27 de diciembre de 2010)

Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT

Resumen:

Con la finalidad de contribuir a una mayor eficacia de los objetivos previstos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2011, se dicta esta Ley que contiene entre otras una serie de medidas fiscales y de contenido financiero con la finalidad de conseguir una adecuada protección del medio ambiente.

En la Sección Primera del Capítulo I del Título I destaca la regulación de un nuevo impuesto con una marcada condición parafiscal, el Impuesto sobre Bolsas de Plástico de Un Solo Uso, entendiéndose por tales las fabricadas con este material, entregadas a los consumidores en los puntos de venta y destinados a facilitar el transporte de los productos adquiridos. Es un tributo de naturaleza indirecta y real, que pretende reducir paulatinamente el uso de aquellas y contribuir a la protección del medio ambiente al tiempo de favorecer el uso de materiales biodegradables. El hecho imponible está constituido por el suministro al consumidor de estas bolsas en los puntos de venta de los artículos o productos y la base imponible vendría representada por el número total de bolsas suministradas por el sujeto pasivo durante el periodo impositivo, que coincidirá con el año natural.

En esta misma Sección, se regula el Canon de Saneamiento, ajustándose las tarifas al costo real del servicio prestado. En la Sección Segunda, dentro de las Tasas aplicables por la Consejería de Medio Ambiente, se actualizan la tarifa de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos en base a principio de recuperación de costes y la Tasa de abastecimiento de Agua en alta, en la que se traslada el coste a los usuarios, a través de dos tarifas conformadas por una parte fija, que responde a los costes fijos de la disponibilidad de las infraestructuras y otra variable, que responde al consumo. Para adecuarlas a los costes reales del servicio, también se modifican las tasas por denominaciones de calidad de productos agroalimentarios de Cantabria y la tasa por pesca marítima, creándose una nueva tasa denominada “expedición de guías de circulación de peces y productos de la acuicultura”.

En el Título II, relativo a las medidas de contenido financiero, se procede a la supresión del apartado 3 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control ambiental Integrado, que implica la supresión de la retroactividad de la norma respecto a la necesidad de obtener acta de conformidad ambiental para las instalaciones preexistentes a su entrada en vigor.

En otro orden, se reduce el canon por ocupación del dominio público a las Cofradías de Pescadores, debido a la delicada situación por la que atraviesa el sector pesquero. Y se modifica la Ley 8/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gestión de residuos sólidos urbanos de Cantabria, en el sentido de extender este servicio únicamente a los residuos urbanos de origen doméstico, estableciéndose un régimen sancionador por incumplimiento de las normas fijadas para este servicio.

Entrada en vigor:

1 de enero de 2011

Normas afectadas:

Se modifican:

-Ley de Cantabria 8/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.

-Ley de Cantabria 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.

-Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.

-Decreto de Cantabria 27/1992, de 13 de febrero, por el que se fija el precio público por contraprestación del servicio de suministro de agua de los planes especiales gestionados por el Servicio Hidraúlico de la Dirección General de Obras Hidraúlicas y Ciclo Integral del Agua.