<\/p>\r\n

En el segundo gran apartado se determinan los elementos b\u00e1sicos para la planificaci\u00f3n, que responden a los principales objetivos planteados: Clasificaci\u00f3n del territorio en funci\u00f3n de la urgencia; descripci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del medio f\u00edsico aragon\u00e9s, haciendo hincapi\u00e9 en las de su sistema forestal; y explicaci\u00f3n de los diferentes componentes del peligro de incendios forestales, estableciendo prioridades de protecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de la dificultad de extinci\u00f3n de incendios forestales en cada punto del territorio.<\/p>\r\n

Las bases del PROCINFO est\u00e1n constituidas por: Informaci\u00f3n territorial. An\u00e1lisis del riesgo y vulnerabilidad.\u00a0 Zonificaci\u00f3n del territorio.\u00a0 \u00c9pocas de peligro. Clasificaci\u00f3n de los incendios forestales seg\u00fan su nivel de gravedad. Y actuaciones b\u00e1sicas.<\/p>\r\n

Integran el Apartado 3 la estructura \u00a0<\/strong>y\u00a0 organizaci\u00f3n del Plan junto con la composici\u00f3n y funciones de cada una de las partes fundamentales que la componen: La Direcci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n del Plan y los Grupos de Acci\u00f3n (de extinci\u00f3n, de seguridad, sanitario, de apoyo log\u00edstico y de acci\u00f3n social)<\/p>\r\n

El Apartado 4 se destina a la aplicaci\u00f3n del Plan en funci\u00f3n de las situaciones o niveles de gravedad. A continuaci\u00f3n se formaliza la <\/strong>coordinaci\u00f3n entre el PROCINFO y el plan estatal de emergencias por incendios forestales. El apartado 6 se consagra a los planes de actuaci\u00f3n de \u00e1mbito local, que <\/strong>deber\u00e1n incorporar una planificaci\u00f3n espec\u00edfica ante el riesgo de incendio. Se regulan sus funciones b\u00e1sicas y los planes de autoprotecci\u00f3n <\/strong>que empresas, n\u00facleos de poblaci\u00f3n aislada, urbanizaciones, campings, etc., deban elaborar de acuerdo con la normativa al respecto, vigente en cada caso, y que se encuentren ubicados en zonas de riesgo.<\/p>\r\n

Cierran la estructura del Plan los apartados destinados a su implantaci\u00f3n y mantenimiento que comprende el conjunto de acciones que deben de llevarse a cabo para asegurar su correcta aplicaci\u00f3n y la \u00a0formaci\u00f3n e informaci\u00f3n a las personas integradas en el Plan.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>9 de junio de 2011<\/p>\r\n

Normas Afectadas: <\/strong>Queda derogado el Decreto 226\/1995, de 17 de agosto, de la Diputaci\u00f3n General de Arag\u00f3n, por el que se aprob\u00f3 el Plan Especial de Protecci\u00f3n Civil de Emergencias por Incendios Forestales.<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Arag\u00f3n. Incendios forestales","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-aragon-incendios-forestales","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-29 11:57:10","post_modified_gmt":"2011-06-29 10:57:10","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=6476","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

6 July 2011

Aragon Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Aragón. Incendios forestales

Decreto 118/2011, de 31 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO). (BOA núm. 111, de 8 de junio de 2011)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT

Temas clave: Incendios forestales; Montes

Resumen:

El PROCINFO, integrado en el Plan Territorial de Protección Civil de Aragón, tiene por objeto concretar los mecanismos para una adecuada organización, coordinación e integración de los medios y recursos cuya titularidad corresponde al Gobierno de Aragón y la de aquellos que le puedan ser asignados por la Administración General del Estado y por otras entidades, públicas o privadas, con la finalidad de hacer frente a las emergencias derivadas de incendios forestales en la Comunidad Autónoma, así como el procedimiento de actuación ante dichos incendios.

El Apartado 1 desarrolla las funciones básicas del Plan, entre las que cabe destacar la determinación de la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención en las emergencias producidas por los incendios forestales. La zonificación del territorio en función del riesgo y las previsibles consecuencias de los incendios forestales; la delimitación de áreas según posibles requerimientos de intervención y el despliegue de medios y recursos. A continuación, se detalla el ámbito de aplicación del Plan, el marco legal en el que se encuadra y las definiciones fundamentales.

En el segundo gran apartado se determinan los elementos básicos para la planificación, que responden a los principales objetivos planteados: Clasificación del territorio en función de la urgencia; descripción de las características del medio físico aragonés, haciendo hincapié en las de su sistema forestal; y explicación de los diferentes componentes del peligro de incendios forestales, estableciendo prioridades de protección y evaluación de la dificultad de extinción de incendios forestales en cada punto del territorio.

Las bases del PROCINFO están constituidas por: Información territorial. Análisis del riesgo y vulnerabilidad.  Zonificación del territorio.  Épocas de peligro. Clasificación de los incendios forestales según su nivel de gravedad. Y actuaciones básicas.

Integran el Apartado 3 la estructura  y  organización del Plan junto con la composición y funciones de cada una de las partes fundamentales que la componen: La Dirección y Coordinación del Plan y los Grupos de Acción (de extinción, de seguridad, sanitario, de apoyo logístico y de acción social)

El Apartado 4 se destina a la aplicación del Plan en función de las situaciones o niveles de gravedad. A continuación se formaliza la coordinación entre el PROCINFO y el plan estatal de emergencias por incendios forestales. El apartado 6 se consagra a los planes de actuación de ámbito local, que deberán incorporar una planificación específica ante el riesgo de incendio. Se regulan sus funciones básicas y los planes de autoprotección que empresas, núcleos de población aislada, urbanizaciones, campings, etc., deban elaborar de acuerdo con la normativa al respecto, vigente en cada caso, y que se encuentren ubicados en zonas de riesgo.

Cierran la estructura del Plan los apartados destinados a su implantación y mantenimiento que comprende el conjunto de acciones que deben de llevarse a cabo para asegurar su correcta aplicación y la  formación e información a las personas integradas en el Plan.

Entrada en vigor: 9 de junio de 2011

Normas Afectadas: Queda derogado el Decreto 226/1995, de 17 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprobó el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales.