<\/p>\r\n

El segundo \u00e1mbito es el que hace referencia al desarrollo urbano (Apartado 5), que se plantea como objetivo estrat\u00e9gico la construcci\u00f3n de una ciudad para la convivencia y la calidad de vida, siguiendo lo establecido en la Ley 7\/2002, de 17 de diciembre, de Ordenaci\u00f3n Urban\u00edstica de Andaluc\u00eda.<\/p>\r\n

El tercer \u00e1mbito es el relativo a la movilidad y accesibilidad (Apartado 6), que se plantea como objetivo prioritario la creaci\u00f3n de proximidad para desplazarse menos y fomentar los medios no motorizados y los transportes p\u00fablicos.<\/p>\r\n

El cuarto \u00e1mbito hace referencia a la edificaci\u00f3n (Apartado 7), formul\u00e1ndose como propuesta marco, el intentar responder a las necesidades de ahorro y eficiencia en la gesti\u00f3n de los recursos en un marco de derecho de acceso a la vivienda y un nuevo concepto de habitabilidad.<\/p>\r\n

El quinto \u00e1mbito se centra en la consideraci\u00f3n de los flujos de recursos naturales que alimentan al sistema urbano (Apartado 8), estableciendo l\u00edneas de actuaci\u00f3n en los \u00e1mbitos de la energ\u00eda, el ciclo urbano del agua y los residuos, incrementando en cualquier caso la acci\u00f3n de informaci\u00f3n ambiental especializada y p\u00fablica.<\/p>\r\n

El sexto \u00e1mbito es el referentes a la biodiversidad y el espacio libre en los sistemas urbanos (Apartado 9), que se planeta como estrategia principal el establecimiento del espacio libre como factor de calidad de vida y sostenibilidad ambiental en las \u00e1reas urbanas.<\/p>\r\n

Finalmente, el s\u00e9ptimo y \u00faltimo \u00e1mbito, se centra en la gesti\u00f3n urbana (apartado 10), cuya propuesta marco es la potenciaci\u00f3n de la participaci\u00f3n para ser m\u00e1s sostenible, sin perder en ning\u00fan caso ni la complejidad, ni la cohesi\u00f3n social.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>8 de junio de 2011<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Andaluc\u00eda. Sostenibilidad urbana","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-andalucia-sostenibilidad-urbana","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-08 11:34:10","post_modified_gmt":"2011-06-08 10:34:10","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=6162","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

29 June 2011

Andalusia Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Andalucía. Sostenibilidad urbana

Acuerdo de 3 de mayo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana (BOJA núm. 87, de 19 de mayo)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT

Temas clave: Desarrollo sostenible; Sostenibilidad urbana

Resumen:

Con el objetivo de aunar las diversas acciones en relación a los criterios, limitaciones y oportunidades de la sostenibilidad que en los últimos años se han estado desarrollando en la Comunidad andaluza, la presente Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana se elabora con la meta esencial de contribuir a desarrollar los principios de gobernanza (cooperación, participación y cultura de la evaluación), cohesión territorial y subsidiariedad, en los términos a los que obliga una política dirigida hacia la sostenibilidad en los sistemas urbanos y metropolitanos.

Una vez dispuestos en los apartados 2 y 3 de la Estrategia los antecedentes y los objetivos generales de ésta, las acciones que de este documento emanan se dividen en una serie de ámbitos, para cada uno de los cuales se enuncian y desarrollan unos objetivos estratégicos y unas líneas de actuación.

El primer ámbito es el relativo a la ciudad y el territorio (Apartado 4), en el que el objetivo estratégico se centra en impulsar el modelo territorial contenido en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, basado en la cohesión, el equilibrio territorial, la cooperación y las sostenibilidad.

El segundo ámbito es el que hace referencia al desarrollo urbano (Apartado 5), que se plantea como objetivo estratégico la construcción de una ciudad para la convivencia y la calidad de vida, siguiendo lo establecido en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El tercer ámbito es el relativo a la movilidad y accesibilidad (Apartado 6), que se plantea como objetivo prioritario la creación de proximidad para desplazarse menos y fomentar los medios no motorizados y los transportes públicos.

El cuarto ámbito hace referencia a la edificación (Apartado 7), formulándose como propuesta marco, el intentar responder a las necesidades de ahorro y eficiencia en la gestión de los recursos en un marco de derecho de acceso a la vivienda y un nuevo concepto de habitabilidad.

El quinto ámbito se centra en la consideración de los flujos de recursos naturales que alimentan al sistema urbano (Apartado 8), estableciendo líneas de actuación en los ámbitos de la energía, el ciclo urbano del agua y los residuos, incrementando en cualquier caso la acción de información ambiental especializada y pública.

El sexto ámbito es el referentes a la biodiversidad y el espacio libre en los sistemas urbanos (Apartado 9), que se planeta como estrategia principal el establecimiento del espacio libre como factor de calidad de vida y sostenibilidad ambiental en las áreas urbanas.

Finalmente, el séptimo y último ámbito, se centra en la gestión urbana (apartado 10), cuya propuesta marco es la potenciación de la participación para ser más sostenible, sin perder en ningún caso ni la complejidad, ni la cohesión social.

Entrada en vigor: 8 de junio de 2011