25 June 2014

Aragon Autonomous communities Current Legislation

Legislación al día. Aragón. Agricultura Ecológica

Decreto 78/2014, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la producción ecológica en Aragón y se establece el régimen jurídico del Comité Aragonés de Agricultura Ecológica. (BOA núm. 95, de 19 de mayo de 2014)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Agricultura; Producción ecológica; Alimentación; Certificación; Comité Aragonés de Agricultura Ecológica

Resumen:

Aun cuando la normativa comunitaria regula con minuciosidad la producción ecológica, algunos de sus aspectos deben ser regulados por los órganos que tengan capacidad para ello en cada Estado miembro. Este decreto se aprueba para dar cumplimiento al contenido de varios preceptos de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria en Aragón, que regula las diversas figuras de calidad diferenciada de los alimentos, dentro de las que se encuentra la producción ecológica.

Resulta de aplicación a los operadores que voluntariamente se acojan al sistema de producción ecológica y, más concretamente a los productores agrarios; elaboradores; importadores de productos de terceros países y comercializadores.

A lo largo de su contenido, se regulan las obligaciones específicas de los operadores de la producción ecológica en Aragón; establece determinados aspectos de su control; concreta la autoridad competente según lo previsto en el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007; define el régimen jurídico del Comité Aragonés de Agricultura Ecológica (CAAE) como corporación de derecho público; regula el Registro de operadores de producción ecológica en Aragón; y detalla algunos aspectos de la designación, denominación y presentación de los productos ecológicos.

En lo que se refiere al sistema de control y certificación de la producción ecológica, se opta por dos posibilidades: Que se encargue del control y certificación alguna entidad privada e independiente acreditada, o que lo realice el propio CAAE.

En las etiquetas de los productos ecológicos, además de las menciones obligatorias y facultativas que con carácter general determine la legislación aplicable, deberá constar la expresión “certificado por”, seguida del nombre o logo de la entidad de control autorizada y su código de autorización europeo.

Se establecen las disposiciones precisas para que se produzca adecuadamente la transición desde la situación actual del CAAE hasta su conversión en corporación de derecho público. El reglamento para su funcionamiento figura como anexo I del decreto. Su desarrollo y concreción queda para los estatutos del CAAE, que con carácter provisional se detallan en el anexo II.

Entrada en vigor: 20 de mayo de 2014

Normas afectadas:

Quedan expresamente derogadas la Orden de 20 de abril de 1995, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, por la que se crea el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica y se regulan sus funciones y composición, y la Orden de 11 de mayo de 2012, del

Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se crea la Junta Rectora provisional del Comité Aragonés de Agricultura Ecológica.

Documento adjunto: pdf_e