Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jose Juan Suay Rincon)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 222/2016 – ECLI:ES:TS:2016:222
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; EDAR; Declaración de Impacto ambiental; acto de trámite cualificado; discrecionalidad técnica
Resumen:
La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (en adelante, AGE) interpuso recurso de casación contra la Sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 3 de junio de 2014, recaída en el recurso no 486/2012 , sobre medio ambiente. En el proceso contencioso administrativo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dictó Sentencia de fecha 3 de junio de 2014 , por cuya virtud se estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por seis personas físicas contra la Resolución de fecha 16 de octubre de 2009, del Director General del Agua, dictada por delegación del Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, sobre
Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de enero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: José María del Riego Valledor)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STS 136/2016- ECLI:ES:TS:2016:136
Temas Clave: Hidrocarburos; Permisos de investigación; Fracturación hidráulica
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Valdeprado del Río contra la resolución del Consejo de Ministros de fecha 31 de enero de 2014, que inadmitió el recurso extraordinario de revisión interpuesto por el indicado Ayuntamiento contra el Real Decreto 1781/2009, de 13 de noviembre, por el que se otorgan a Petroleun Oil & Gas España S.A. los permisos de investigación de hidrocarburos denominados “Bezana” y “Bigüenzo”, cuyas superficies están comprendidas en las Comunidades Autónomas de Cantabria y Castilla-León. A su vez, inadmitió la solicitud de revisión de oficio presentada por el citado Ayuntamiento.
En primer lugar, el recurrente alega infracción del art. 118.1 de la Ley 30/1992 al considerar que la resolución administrativa impugnada se ha dictado con manifiesto error de hecho, y así lo deduce de los documentos incorporados al expediente administrativo. Entiende que la solicitud del permiso de
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Joaquin Huelin Martínez de Velasco)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 4882/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4882
Temas Clave: canon eólico; tributo ambiental; impacto visual; nuevas tecnologías; art. 63 LOFCA; hecho imponible
Resumen:
EGA-ASOCIACIÓN EÓLICA DE GALICIA interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada el 12 de febrero de 2014 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 3a) del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo 7201/10. El objeto de la impugnación era la Orden de la Consejería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, de 15 de enero de 2010, por la que se aprobó el modelo de declaración de alta, modificación y baja del canon eólico creado por la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, que regula el aprovechamiento eólico en Galicia y crea el Canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.
En la demanda se alegó invalidez de la disposición administrativa por haberse omitido en
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Manuel Martin Timon)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 5001/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5001
Temas Clave: tributo extrafiscal; impuestos medioambientales; art. 6.3 LOFCA; tributos autonómicos; Directiva 2009/08/CE
Resumen:
HORNIJA EOLICA, SL interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada por el TSJ de Castilla y León que resolvía recurso contencioso-administrativo contra la Orden HAC/112/2012, de 7 de marzo, de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, por la que se aprobó el Modelo de Autoliquidación y las Normas de Gestión del Impuesto sobre la Afección Medioambiental causada por Determinados Aprovechamientos del Agua Embalsada, por los Parques Eólicos y por las Instalaciones de Transporte de Energía Eléctrica de Alta Tensión, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 9 de marzo de 2012, pretendiéndose por la parte actora su declaración de nulidad y el reintegro de los importes abonados. También se interesaba el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad de
Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª, Ponente: Celsa Picó Lorenzo)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo acreditada a contratada doctora por ANECA de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 5430/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5430
Temas Clave: contaminación acústica; ejecución de sentencia; cumplimiento de la legalidad acústica; derechos fundamentales
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto contra el Auto con fecha 4 de junio de 2014 , que acuerda: Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Procurador D. José Antonio Iglesias Castañón en nombre y representación de Da Marta frente al Auto dictado el día 29 de abril de 2014 que se confirma en sus propios términos con imposición de las costas a la recurrente”, en la pieza de ejecución de sentencia del recurso contencioso administrativo 811/03 seguido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. En concreto nos encontramos ante una ejecución de sentencia se insta en el marco de un procedimiento de derechos fundamentales por infracción de los arts. 15 y 18.1.2CE por contaminación
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