Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: Roj: STS 937/2017 – ECLI: ES:TS:2017:937; Id Cendoj: 28079130052017100099.
Temas Clave: Lugar de Importancia Comunitaria; Recuperación medioambiental Plan Especial de Protección; Memoria económica del plan
Resumen: El Gobierno vasco, mediante Decreto de 27 de julio de 2004 aprobó el Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para proteger los humedales de la fuerte presión humana a la que están sometidos, y evitar que esta presión pueda implicar la destrucción definitiva de estos habitas naturales. Uno de estos humedales es la ría del Urola, en el municipio guipuzcoano de Zumaia, ría que tiene también la consideración de Lugar de Importancia Comunitaria, incluido en la Red Natura 2000.
Precisamente este Decreto fue impugnado en su momento ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por calificar, dentro de la Ría del Urola, como Zona de Especial Protección, los terrenos de la segunda fase del Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga, terrenos en los que ha se habían realizado en su día
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 941/2017- ECLI: ES: TS: 2017:941
Temas Clave: Derechos de emisión; asignación gratuita; aplicación Directiva; cuestión prejudicial
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso contencioso-administrativo 35/2014 interpuesto por Mercantil contra el Acuerdo de Ministros del día 15 de noviembre de 2013, por el que se procede a la asignación, para el período 2013-2020, de los derechos de emisión de los gases de efecto invernadero que corresponden a dicha Mercantil que, por otro lado, no es generador eléctrico, lo cual tendría una consideración diferente en el ámbito de aplicación de la Directiva 2003/87/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003.
En este sentido, la Administración recurrida plantea la desestimación íntegra del recurso, por entender que el interesado sólo pretende de la Sala que plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en relación con la validez de la decisión de la Comisión 2013/448, relativa a la aplicación del factor de corrección
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espín Templado)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 913/2017- ECLI: ES: TS: 2017:913
Temas Clave: Evaluación ambiental; proyectos; normativa aplicable
Resumen:
En esta Sentencia se resuelve el recurso de casación número 1892/2014, interpuesto por el Ayuntamiento de A Fonsagrada, el Ayuntamiento de Santa Eulalia de Oscos y la asociación Camín Grande contra la línea de alta tensión Boimente-Pesoz, contra la sentencia dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 3 de abril de 2014 en los recursos contenciosos-administrativos acumulados números 53, 382, 558 y 1299/2012. Son partes recurridas la Administración General del Estado y Red Eléctrica de España, S.A.U.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia de fecha 3 de abril de 2014, desestimatoria de los recursos promovidos por el Ayuntamiento de A Fonsagrada, por el Ayuntamiento de Santa Eulalia de Oscos, por el Ayuntamiento de A Pontenova y por la asociación Camín Grande por la línea de alta tensión
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 838/2017- ECLI: ES: TS: 2017:838
Temas Clave: Control integrado; autorización; modificación; procedimiento
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso de casación 906/2016 interpuesto por la asociación Ecologistas en Acción Burgos, contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en fecha 19 de febrero de 2016, en el recurso contencioso- administrativo 81/2014, sobre autorización ambiental. Son partes recurridas la Comunidad Autónoma de la Junta de Comunidades de Castilla y León, y la entidad Distiller, S. A.
La Asociación presentó recurso Contencioso-administrativo contra la Orden de 10 de julio de 2014 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, por la que fue concedida, a la entidad Distiller, S. A., autorización ambiental para el proyecto de instalación de planta de gestión, tratamiento y recuperación de residuos y centro de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos, en el
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de febrero de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 623/2017 – ECLI: ES:TS:2017:623; Id Cendoj: 28079130052017100076
Temas Claves: Planeamiento urbanístico. Disponibilidad de recursos hídricos
Resumen:
El Ayuntamiento de Verín tramitó y aprobó el correspondiente Plan General de Ordenación Municipal, que contó con todos los informes favorables exigidos en la normativa vigente y fue aprobado también por la Xunta de Galicia. Como ya viene siendo habitual, tras la aprobación de un plan se interpone el correspondiente recurso administrativo, en este caso por un particular que con una demanda de más de 100 folios intentaba buscar el mayor número posible de ilegalidades al plan a ver si alguna de ellas era admitida por los tribunales de justicia.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en primera instancia, desestimó el recurso contencioso administrativo, no aceptando las diversas alegaciones presentadas por el recurrente, si bien el Tribunal Supremo ha quitado la razón al TSJ de Galicia y se la ha dado al recurrente, aceptando la alegación de que no existía disponibilidad de recursos hídricos tal y como ha
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