Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), de 7 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 1359/2019 – ECLI: ES:TSJGAL:2019:1359
Temas Clave: Comunicación previa; Declaración de incidencia ambiental; RAMINP; Licencia
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso administrativo formulado por un particular frente a la resolución de la Consellería do Medio Rural de 1 de diciembre de 2016 por la que se tiene por desistido al actor de su solicitud de alta en el Registro de explotaciones avícolas para una explotación de recría de carne.
La Administración se ampara fundamentalmente en la ineficacia de la comunicación previa presentada por el recurrente al no haber adjuntado con la misma el informe de calificación ambiental. Frente a ello, el demandante alega que sí existe esa declaración de incidencia ambiental de la actividad que pretende llevar a cabo. A tal efecto, se remite a la resolución de 1 de junio de 2012 del Servizo de Calidade e Avaliación Ambiental de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,