Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 25 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ PV 348/2020 – ECLI:ES:TSJPV:2020:348
Palabras clave: Instrumentos de planificación. Planeamiento urbanístico. Suelos. Urbanismo.
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Hondarribia de 8 de junio de 2017, por el que se aprobaba el Plan General de Ordenación Urbana.
Los motivos de impugnación son variados y, en general desestimados, a salvo de dos que pasan a ser examinados a continuación:
1º.- El primero de ellos es el concerniente a que durante la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana no se llegó a solicitar el Informe preceptivo de telecomunicaciones al Ministerio competente en la materia -artículo 26.2 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre (ya derogada) y el artículo 35 de la vigente Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones-.
A este respecto, la Sala constata que dicho Informe ni existe en el