Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 4 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 909/2016 – ECLI: ES:TSJCL:2016:909
Temas Clave: Residuos; Legitimación; Ubicación del centro de tratamiento de residuos; Plan autonómico de gestión de residuos
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo formulado por la Asociación Ecologistas en Acción Burgos frente a dos resoluciones: la Orden FYM/454/2014, de 5 junio, ” por la que se resuelve el procedimiento en concurrencia para seleccionar el emplazamiento y las instalaciones más adecuadas destinadas a un Centro de tratamiento integral de residuos industriales no peligrosos en el entorno formado por las provincias de Burgos y Soria”, y el Decreto 30/2014, de 26 junio, “por el que se aprueba el proyecto regional para la instalación de un Centro de Tratamiento Integral de Residuos Industriales no Peligrosos en el entorno formado por las provincias de Burgos y Soria, en el término municipal de Abajas (Burgos)”.
En primer lugar, se rechaza el motivo sobre la “falta de legitimación” de la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 18 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Manuel Ramírez Sineiro)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 445/2016 – ECLI:ES:TSJGAL:2016:445
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Competencias municipales; Ruidos
Resumen:
La Sala analiza el recurso de apelación interpuesto por el ayuntamiento de Lugo contra la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. La sentencia apelada estimaba parcialmente el recurso iniciado por unos particulares vecinos de esa localidad contra la desestimación por silencio de la petición presentada ante el precitado ayuntamiento a fin de que, durante la celebración de las fiestas patronales: (i) Se trasladasen las atracciones, barracas, espectáculos musicales, etc. que se ubicaban en el Parque “Rosalía de Castro” de este municipio a otro lugar más idóneo; y (ii) subsidiariamente, que se adoptase cualquier otra medida que garantizase los derechos inherentes a la integridad física y moral, la intimidad personal y familiar, la inviolabilidad del domicilio, etc. Todo ello, fundamentado en los ruidos causados en sus domicilios por esas instalaciones y actividades.
La estimación parcial de la sentencia de instancia concernía a la petición subsidiaria
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 5 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 436/2016 – ECLI:ES:TSJCL:2016:436
Temas Clave: Uso excepcional en suelo rústico; Principio de confianza legítima; Interés público
Resumen:
La Sala examina el recurso interpuesto por el ayuntamiento de Segovia frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Segovia que declaró no ajustado a derecho el decreto de 7 de octubre de 2014 del citado Ayuntamiento, acordando la continuación del expediente administrativo mediante la tramitación de la autorización de uso excepcional en suelo rústico, hasta dictar una resolución por la que se concediera o denegara el proyecto de hostelería presentado por la mercantil “AGROPECUARIA CAPITEL, S.L.”.
La sentencia de instancia entiende que el ayuntamiento de Segovia ha tratado desigualmente dos proyectos de naturaleza similar. En ambos casos se trata del establecimiento de una actividad de ocio -restaurantes en suelo rústico protegido- no comprendida en los niveles vinculados al ocio previstos en el artículo
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 22 de diciembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Antonio Alberdi Larizgoitia)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 3760/2015 – ECLI:ES:TSJPV:2015:3760
Temas Clave: Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la Orden Foral de 17 de junio de 2014 de la Diputación Foral de Araba-Álava de aprobación definitiva, con condicionantes, del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de un municipio de dicha provincia.
Los motivos impugnatorios concretos que basan el recurso contra la Orden Foral, atienden a la petición del recurrente de que su parcela, clasificada finalmente como suelo no urbanizable, tendría que haberse clasificado como suelo urbano o, en su defecto, como suelo urbanizable.
Al margen de la solicitud de que la parcela fuera clasificada como suelo urbano, aplicando la tradicional jurisprudencia que establece la clasificación reglada de esta clase de suelo, interesa a los efectos de este análisis, las posibilidades del planificador para clasificar aquellos predios que no cuentan con valores ambientales específicos (u otras causas tasadas
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 14 de enero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: José Ramón Giménez Cabezón)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 217/2016 – ECLI:ES:TSJM:2016:127
Temas Clave: Actividades marítimas; Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Convenio de Aarhus); Información ambiental
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Fundación ecologista contra la resolución del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la cual se denegaba la solicitud de información ambiental presentada por la recurrente.
Tal petición de información incluía aspectos tales como la potencia de determinadas embarcaciones pesqueras, el plan de muestreo utilizado para verificar la potencia motriz de buques pesqueros, el listado de buques sobre el que se ha realizado la verificación, todo ello en el marco del Reglamento (CE) nº 1224/2009, del Consejo de 20 de noviembre de 2009 por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común.
El Ministerio aludido
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