Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 18 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Purificación López Toledo)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ CLM 261/2019- ECLI: ES:TSJCLM:2019:261
Temas Clave: Evaluación de Impacto Ambiental; ZEPA
Resumen:
A 23 de marzo, una promotora particular impugna la Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de 31 de enero de 2017, mediante la que se inadmite la solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), del expediente “Regadío para plantación de viña espaldera”. En ella se comunica a la promotora / recurrente que el proyecto es manifiestamente inviable por razones ambientales al ser incompatible en la zona donde pretende implementarse, a la luz del artículo 56 Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha. Así, en virtud del artículo 45.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental (LEA), procedería resolver la inadmisión del proyecto.
La promotora solicita: i) La declaración de nulidad y pérdida de efecto de la antecitada resolución; ii)
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 4 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Guillermo Benito Palenciano Osa)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 99/2019- ECLI: ES: TSJ CLM:2019:99
Temas Clave: Planificación; Ordenación cinegética; Red Natura 2000; Acceso e información medioambiental; Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
Resumen:
La Sociedad Albacetense de Ornitología (SAO) recurrió en alzada ante la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (JCCM), la Resolución del Director General de Política Forestal y Espacios Naturales, de 18 de noviembre de 2015. La recurrente consideró que se limitaba el derecho de acceso e información sobre los Planes de Ordenación Cinegética que afectan a la Red Natura 2000, en concreto, al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
La JCCM planteó como excepción procesal en su contestación a la demanda una posible inadmisibilidad del recurso en base a los artículos 69.b) y 45.2.d) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción, es decir, falta de acreditación de la adopción del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 20 de noviembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ricardo Estévez Goytre)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 2822/2018- ECLI: ES:TSJCLM:2018:2822
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; LOFCA; Energía eléctrica; Financiación autonómica; Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente; canon eólico
Resumen:
Una empresa dedicada a la producción de energía eólica solicitó la rectificación de las autoliquidaciones correspondientes al ejercicio 2013 del canon eólico establecido en la Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el canon eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha, petición desestimada mediante resolución del Director General de Industria, Energía y Minería de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha, de 21 de noviembre de 2016. Contra la referida resolución se presentó una reclamación económico –administrativa, desestimada por la Comisión Superior de Hacienda de la Consejería de Hacienda y Administraciones públicas de Castilla La Mancha de 25 de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 8 de diciembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Guillermo Benito Palenciano Osa)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 3076/2018- ECLI: ES:TSJCLM:2018:3076
Temas Clave: autorización de vertidos; aguas residuales; condicionantes
Resumen:
A 22 de agosto de 2016 el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT en lo sucesivo), dictó resolución revocatoria de la autorización para efectuar un vertido de aguas residuales, procedentes de la aglomeración urbana de Sonseca, al Arroyo Dehesa de Villaverde, en el término municipal de Orgaz (Toledo), otorgada al Ayuntamiento de Sonseca a 5 de diciembre de 1.996 y revisada a 9 de marzo de 2.006. La titular de la autorización impugna la resolución por entender que su contenido es imposible y que la CHT está vulnerando el principio de confianza legítima mediante su revocación.
La Sala reproduce la relación de acontecimientos descritos en la resolución impugnada, donde se manifiesta que las inspecciones realizadas por la CHT permitieron constatar, de una parte, que las instalaciones de depuración no alcanzaban “los
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 13 de septiembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Miguel Ángel Pérez Yuste)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 2205/2018 – ECLI:ES:TSJCLM:2018:2205
Temas Clave: Delito ecológico; Derecho penal; Procedimiento administrativo; Procedimiento sancionador
Resumen:
Por un particular se interpone recurso contencioso-administrativo contra una Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se inadmite a trámite la solicitud de revisión de oficio presentada contra una Resolución de 2010 por la que se le imponía una multa de 3.000 euros por la comisión de una infracción menos grave prevista en la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha.
El sustento de la revisión de oficio solicitada era que el recurrente había sido sancionado penalmente por los mismos hechos mediante sentencia de un Juzgado de lo Penal de Ciudad Real en 2014 (confirmada con posterioridad por la Audiencia Provincial en 2015, declarando ya en 2016, mediante Auto, que la responsabilidad civil derivada había sido satisfecha).
De este modo, arguye el recurrente que habida
Page 8 of 13First«...678910...»Last
|