Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 30 de abril de 2009, asunto C-75/08, Mellor/Secretary of State for Communities and Local Government Temas clave: Directiva 85/337/CEE; evaluación de las repercusiones de proyectos sobre el medio ambiente; obligación de hacer pública la motivación de una decisión de no someter un proyecto a evaluación.
Interés: 4/5
Resumen:
Se plantea una petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del artículo 4 de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Esta petición se presentó en el marco de un litigio entre el Sr. Mellor y el Secretary of State for Communities and Local Government, sobre la necesidad de motivar o no la decisión adoptada por la autoridad nacional competente de no llevar a cabo una evaluación de impacto ambiental durante la tramitación de una
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 2 de abril de 2009, asunto C- 373/07 P, Mebrom NV/Comisión de las Comunidades Europeas
Temas clave: recurso de casación; acto de denegación de una cuota de importación de bromuro de metilo, gas destructor de la capa de ozono; precedente; Reglamento 2037/2000; confianza legítima; seguridad jurídica; motivación.
Resumen:
En este asunto el Tribunal resuelve un recurso de casación interpuesto el 3 de agosto de 2007 por Mebrom NV (empresa importadora) contra la sentencia dictada por el Tribunal de primera Instancia (Sala Segunda) el 22 de mayo de 2007 en el asunto T-216/05, Mebrom NV / Comisión de las Comunidades Europeas, en la cual el Tribunal rechazaba un recurso de anulación de una decisión de la Comisión , de 11 de abril de 2005, que denegaba la asignación de una cuota de importación de bromuro de metilo a Mebrom NV.
La base de la decisión de la Comisión se fundamentó en el Reglamento (CE) n° 2037/2000, de 29 junio de 2000, relativo a las sustancias empobrecedoras de la capa de ozono. Mebrom invoca principalmente las siguientes razones violación del Reglamento
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha condenado a la República Eslovena, mediante sentencia de 12 de marzo de 2009 (asunto C-402/08), por la no transposición en plazo de la Directiva 2004/35, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad ambiental en materia de prevención y reparación de los daños ambientales. El 24 de marzo de 2009 (asunto C-331/08) ha sido condenado Luxemburgo por el mismo motivo.
El Tribunal ha condenado al Reino de Bélgica por incumplimiento de la Directiva 96/82/CE, de 9 diciembre de 1996, sobre la gestión de riesgos ligados a los accidentes mayores en relación a sustancias peligrosas. La condena se debe a la falta de aprobación de los planes de emergencia externos de gestión de riesgos para las actividades sometidas a esta regulación (sentencia de 12 de marzo de 2009, asunto C-342/08). Por la misma razón han sido condenados Luxemburgo (sentencia de 12 de marzo de 2009 (asunto C- 289/08) y la República de Austria (sentencia de 2 de abril de 2009 (asunto C-401/08).
Sentencia del TJCE (Sala Cuarta) de 17 de febrero de 2009, Commune de Sausheim/Pierre Azelvandre, asunto C-552/07
Temas clave: Directiva 2001/18/CE; liberación intencional de organismos modificados genéticamente; notificación (comunicación); lugar de la liberación; confidencialidad; orden y seguridad pública; contenido y precisión de la información ambiental; transparencia informativa y derecho de acceso a la información; aplicabilidad de las excepciones de la Directiva 2003/4 en el marco de normativas específicas.
Resumen:
La petición de decisión prejudicial versa sobre la interpretación del artículo 19 de la Directiva 90/220/CEE del Consejo, de 23 de abril de 1990, sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente. Dicha petición se presentó en el marco de un litigio entre el municipio de Sausheim y el Sr. Azelvandre, relativo a la negativa a comunicar a éste último los escritos de acompañamiento de
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de diciembre de 2008, Société Arcelor Atlantique et Lorraine y otros/Premier ministre, Ministre de l’Écologie et du Développement durable, Ministre de l’Économie, des Finances et de l’Industrie, asunto C-127/07
Temas clave: prevención y control integrados de la contaminación; régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Directiva 2003/87/CE; ámbito de aplicación; inclusión de las instalaciones del sector siderúrgico; exclusión de las instalaciones de los sectores químico y de los metales no férreos; principio de igualdad de trato; enfoque progresivo; principios de proporcinalidad y razonabilidad.
Resumen: Se plantea una cuestión prejudicial que tiene por objeto la validez de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275, p. 32), en su versión modificada por la Directiva 2004/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004.
La concreta cuestión planteada es la siguientes:
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