Sentencia del TJUE de 21 de junio de 2012, asunto C-177/11, Syllogos Ellinon Poleodomon kai Chorotakton
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Directiva 2001/42; evaluación de las incidencias de determinados planes y programas; artículo 3, apartado 2, letra b; margen de apreciación de los Estados miembros.
Resumen:
En este asunto el TJUE resuelve una decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del artículo 3, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (en adelante, Directiva EAE). Dicha petición fue presentada en el marco de un recurso interpuesto ante los tribunales nacionales griegos, contra la Orden Ministerial nº 107017, de 28 de agosto de 2006, de la Dirección Especial de Medio Ambiente del Ministerio de Medio Ambiente, Ordenación Territorial y Obras Públicas, que transponía en Derecho griego la Directiva EAE.
El artículo 3.2, letra b, dispone que serán objeto de evaluación medioambiental todos los planes y programas “que,
Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 14 de junio de 2012, asunto T-338/08, Stichting Natuur en Milieu
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo Universidade da Coruña
Palabras clave: Plaguicidas; Medio ambiente; Reglamento (CE) nº 1367/2006; Límites máximos de residuos de plaguicidas; Solicitud de revisión interna; Denegación; Medida de alcance individual; Validez; Convenio de Aarhus
Resumen:
De conformidad con el Título IV del Reglamento nº 1367/2006, las demandantes solicitaron a la Comisión que revisara el Reglamento 149/2008 -por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de los anexos II, III y IV que estipulan límites máximos de residuos para los productos que figuran en el anexo I de dicho Reglamento-. Mediante escritos de 1 de julio de 2008, la Comisión declaró que estas solicitudes eran inadmisibles, al entender que el Reglamento impugnado no puede ser considerado como una medida de alcance individual, ni tampoco como un conjunto de decisiones.
En apoyo de su recurso, las demandantes alegan en primer lugar que el Reglamento nº 149/2008 contiene un conjunto de
Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 14 de junio de 2010, asunto T-396/09, Vereniging Milieudefensie
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Calidad del aire; Medio ambiente; Reglamento (CE) nº 1367/2006; obligación de los Estados miembros de proteger y mejorar la calidad del aire ambiente; excepción temporal concedida a un Estado miembro; solicitud de revisión interna; denegación; diferenciación acto-norma; medida de alcance individual; validez; Convención sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Convenio de Aarhus)
Resumen:
Las demandantes son dos organizaciones neerlandesas de protección del medio ambiente que solicitaron a la Comisión Europea, con arreglo al artículo 10, apartado 1, del Reglamento nº 1367/2006 –relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente- que procediera a una revisión interna de la
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala cuarta), de 24 de mayo de 2012, asunto C-97/11, por la que se resuelve la cuestión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Commissione tributaria provinciale di Palermo (Italia).
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca. Profesor Titular de Derecho Administrativo. Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: residuos, vertederos, impuestos sobre el depósito de residuos sólidos en vertederos, efecto directo de la Directiva de vertederos.
Resumen:
a. Breve referencia al supuesto de hecho.
La petición de decisión prejudicial versa sobre si, a la luz de la sentencia de 25 de febrero de 2010, Pontina Ambiente (C‑172/08, Rec. p. I‑1175), el órgano jurisdiccional remitente debe abstenerse de aplicar las disposiciones nacionales que considera contrarias al artículo 10 de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos y a los artículos 1 a 3 de la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Sala Tercera de 19 de abril de 2012 Asunto C-121-11 por el que se resuelve una cuestión prejudicial.
Cuestión relativa a la interpretación de los artículos 14.b), de la Directiva 1999/31/CE, relativa al vertido de residuos y el artículo 1.2, de la Directiva 85/337/CEE, de evaluación de impacto ambiental.
Autor: Ángel Ruíz de Apodaca Espinosa. Profesor Titular de Derecho Administrativo. Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: residuos, vertederos existentes, plan de adecuación, concepto de proyecto y de autorización a efectos de evaluación de impacto ambiental.
Resumen:
La cuestión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 14.b), de la Directiva 1999/31/CE, relativa al vertido de residuos y el artículo 1.2, de la Directiva 85/337/CEE, de evaluación de impacto ambiental.
La cuestión se proviene de un litigio entre la Asociación Pro-Braine y el municipio de Braine-le-Château que tiene por objeto la petición de anulación de la decisión por la que se autoriza que continúen las operaciones del centro de enterramiento técnico en el emplazamiento llamado «Cour-au-Bois Nord» sito en
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