Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Baleares 630/2011, de 14 de septiembre. (Sala de lo Contencioso, Sede Palma de Mallorca. Sección 1ª. Ponente, Dña. María Carmen Frigola Castillón)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ STSJ BAL 927/2011
Temas Clave: Residuos
Resumen:
Actuando como parte apelante la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno balear, ante la Sentencia 382/2010 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Palma de Mallorca estimatoria del recurso contencioso-administrativo presentado por el sancionado a través de la Resolución del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno balear de 6 de febrero de 2008 y, por consiguiente, declarándola no ajustada a Derecho, anulándola y ordenando la devolución de la cantidad pagada en concepto de multa incrementada con los intereses correspondientes generados desde su abono. En dicha Resolución se sancionaba a la ahora parte apelada con una sanción de veintiún mil euros, como consecuencia de la comisión de una presunta infracción grave de la normativa de residuos; concretamente por incurrir en la conducta calificada como grave por realizar una actividad de gestión de vehículos al final de su vida útil sin tener la
Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6019/2011
Temas Clave: Planificación territorial; discrecional técnica; motivación decisiones; medio ambiente; desarrollo económico.
Resumen:
La Sentencia considerada resuelve el recurso de casación interpuesto contra la STSJ Canarias (sede Las Palmas de Gran Canaria) de 3 de septiembre de 2007, por la que se anulan el Decreto 277/2003 de 11 de noviembre y el Decreto 68/2004 en todo lo referente a las determinaciones y contenido del Plan Insular de Ordenación correspondiente a la “Actuación A.1.3 Corredor Viario Estructurante del Litoral de Alta Capacidad Desdoblamiento de la GC.2 y Variante de la GC.207 entre la Granja Experimental (Arucas) y Santa María de Guía (PTE14), , ante el recurso presentado por Sociedad Mercantil. A juicio de la empresa recurrente en la instancia, las determinaciones del Plan en cuanto al desdoblamiento de las infraestructuras existentes eran contrarias a Directrices previas que contemplaban “el uso eficiente y sostenible” de las infraestructuras existentes, además de
Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de octubre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6271/2011
Temas Clave: Planes de Ordenación; evaluación de impacto; evaluación estratégica; discrecional técnica; medio ambiente; desarrollo económico.
Resumen:
En esta Sentencia, el Tribunal Supremo resuelve el recurso de casación interpuesto contra la STSJ Canarias (sede Las Palmas de Gran Canaria) de 11 de julio de 2008, por la que se anula el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente Canarias, de 23 de febrero de 2003, en cuya virtud se aprueba definitivamente el Plan Territorial Especial de Infraestructuras Viarias de la Zona Norte-Central, ante el recurso presentado por Sociedad Mercantil.
En esencia, los motivos de la casación, compartidos por la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, se apoyan en la innecesariedad de la evaluación de impacto ambiental del Plan en cuestión, puesto que no figura entre los proyectos previstos en el Anexo I Real Decreto- Legislativo 1302/1986, y
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autor: Manuela Mora Ruiz, Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 6202/2011
Temas Clave: Acceso a la información ambiental; documentos inconclusos; petición de informe; expediente inconcluso
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 11 de marzo de 2008, en la que se resolvían dos recursos acumulados contra las respectivas resoluciones denegatorias de acceso a la información ambiental de la Confederación Hidrográfica del Ebro en relación con el Programa de Puesta en Carga de la Presa de Itoiz.
En este sentido, la primera de las resoluciones de la Confederación denegaba el acceso a ciertos informes sobre la Presa en cuestión a instancias de particular (informes de auscultación), por entender que dichos informes debían considerarse documentos inconclusos, por vincularse a un expediente que no había acabado en el momento de solicitar la información (11 de mayo de 2004)y que podía ser
Sentencia del TEDH de 10 de febrero de 2011, demanda núm. 30499/03, Dubetska y otros c. Ucrania
Autor: Enrique J. Martínez Pérez, profesor contratado doctor de la Universidad de Valladolid
Palabras clave: contaminación industrial, derecho al respeto a la vida privada y familiar, reasentamiento de la población.
Resumen:
El asunto que nos ocupa versa sobre la contaminación industrial procedente de una mina y una planta de procesamiento de carbón propiedad del Estado. Los demandantes, residentes en una zona rural muy cercana a dichas instalaciones, habían estado expuestos durante muchos años, según los estudios de las autoridades nacionales y de diversas entidades privadas, a un alto riesgo de padecer cáncer y otras enfermedades renales y respiratorias, debido no sólo a la presencia de elevados niveles de concentración de sustancias peligrosas en el aire, sino también a la contaminación de las aguas subterráneas, proveniente de las infiltraciones en las escombreras. Al mismo tiempo, habían sufrido también inundaciones y hundimientos del suelo. Ante esta situación, las autoridades ucranianas decidieron facilitar una nueva vivienda a los afectados en una zona más segura. Pero debido a la demora de sus promesas, cada familia presentó un
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