Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de diciembre de 2012 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Celsa Picó Lorenzo)
Autora: Aitana de la Varga Pastor, Profesora Ayudante de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 9064/2011
Temas Clave: Responsabilidad Patrimonial; Vertidos de lodos tóxicos; Aznalcóllar
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por Dª Valle contra la sentencia de fecha de 15 de abril de 2009, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección 1ª en el recurso núm. 291/07, seguido a instancias de Dª Valle, contra la resolución presunta del Ministerio de Medio Ambiente y de la Junta de Andalucióa, por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial derivada de los vertidos de lodos tóxicos provenientes de las Minas de Aznalcóllar.
Los motivos de impugnación que fundamentan dicho recurso son: en primer lugar, el art. 88.1 c) y d) LJCA, el cual no es acogido por entender que no hay quebranto del principio de igualdad ni lesión