Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 3 de noviembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4047/2016 – ECLI:ES:TSJCL:2016:4047
Temas Clave: Urbanismo; Suelo urbanizable de uso residencial; Sostenibilidad; Demografía; Ciudad compacta
Resumen:
Este comentario versa sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la entidad “Ecologistas en Acción” frente a la Orden FYM/221/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba definitivamente de forma parcial la Revisión y Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana de Burgos.
Me voy a ceñir a los motivos de impugnación que la Sala examina en el fundamento jurídico quinto de la sentencia: falta de justificación de las previsiones de nuevos sectores de suelo urbanizable de uso residencial y vulneración del principio de sostenibilidad de la planificación urbanística.
Con carácter previo, la Sala explica la evolución que ha experimentado la disciplina urbanística hasta considerar el principio de desarrollo territorial y urbano sostenible como una de las claves fundamentales para entender que únicamente resulta procedente transformar en suelo urbanizable, aquel
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 29 de septiembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: César José García Otero)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ ICAN 2504/2016 – ECLI:ES:TSJICAN:2016:2504
Temas Clave: Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por unos particulares contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión de 29 de octubre de 2012, relativo a la aprobación definitiva de la Adaptación Plena del Plan General de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.
A lo que a nuestro efectos importa, y aunque en el escrito de demanda se deducen varios motivos concernientes a diferentes suelos propiedad de los recurrentes, vamos a detenernos en uno de los espacios, que a juicio de los mismos, debería haberse clasificado como suelo urbano consolidado, y no como suelo no urbanizable, como así se hizo en el
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta), de 24 de noviembre de 2016, asunto C-645/15, por el que se resuelve la cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva de evaluación ambiental de proyectos
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-645/15
Temas clave: Evaluación ambiental de proyectos, ámbito de aplicación, concepto de vías rápidas, concepto de construcción
Resumen:
La cuestión prejudicial se plantea en el marco de un litigio entre el Bund Naturschutz in Bayern el Sr. Harald Wilde, por una parte, y Baviera, por otra parte, en relación con la aprobación del proyecto de acondicionamiento de determinados tramos de una carretera situada en el término municipal de la Stadt Nürnberg (ciudad de Núremberg, Alemania), sin haber llevado a cabo una evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente del referido acondicionamiento.
El proyecto en cuestión prevé el acondicionamiento de dos tramos de la carretera, que se compone de dos carriles en cada sentido de circulación. En el primer tramo, de 1,8 kilómetros de longitud, se pretende añadir un tercer carril e instalar barreras acústicas en un
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de noviembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Rafael Toledano Cantero)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili y Subdirectora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 5157/2016 – ECLI:ES:TS:2016:5157
Temas Clave: Gestión de servicios públicos; Ciclo integral del agua; Concesión; Participación ciudadana; Consulta popular
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Cogollos Vega (Granada), contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2015, que desestima la autorización para celebrar la consulta popular relativa a si se debe mantener la concesión otorgada para la gestión de los servicios del ciclo integral del agua en ese municipio, siendo parte recurrida la Administración General del Estado. El objeto de esta consulta era la siguiente pregunta: “¿Desea Vd. que el Ayuntamiento de Cogollos Vega mantenga la concesión otorgada a la empresa Aguasvira SA, para la gestión de los servicios de ciclo integral del agua en este municipio, acordada por convenio suscrito por el anterior Alcalde, D. Gonzalo hasta el año 2027 sin acuerdo plenario?”.
El Tribunal Supremo desestima el recurso
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 7 de octubre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4019/2016 – ECLI:ES:TSJCL:2016:4019
Temas Clave: Uso excepcional en suelo rústico; Residuos; Autorización; Licencia ambiental y urbanística; Silencio administrativo
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo formulado por un particular frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Ávila que declaró ajustadas a derecho las resoluciones administrativas dictadas por el Ayuntamiento de Espinosa de los Caballeros (Ávila). A través de estas resoluciones, la entidad local acordó la paralización de la actividad de depósito y almacenamiento de residuos y operaciones de valoración desarrolladas por el recurrente, al que comunicó que no se le había otorgado la licencia ambiental y de uso excepcional en suelo rústico por silencio administrativo, así como la obligación de estar a lo que informasen las Comisiones Territoriales de Prevención ambiental y Urbanismo.
El recurrente entiende que la balsa cumple con la normativa que le resulta aplicable y que para
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