Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 13 de julio de 2017, asunto C-129/16, que tiene por objeto una cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva 2004/35/CE, sobre responsabilidad medioambiental
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-129/16
Temas clave: Incineración de residuos, quien contamina paga, responsabilidad ambiental, causante, propietario
Resumen:
El 2 de julio de 2014, la autoridad competente de protección medioambiental fue informada de que se incineraban residuos metálicos en un terreno arrendado perteneciente a TTK. La autoridad de protección medioambiental impuso a TTK, en su condición de propietaria del terreno, una multa que fue impugnada la multa ante la misma autoridad, la cual desestimó su reclamación al considerar que la incineración de residuos en un espacio abierto había originado un riesgo para el medio ambiente.
Según la Ley de protección medioambiental, la responsabilidad recae solidariamente en el propietario y el poseedor del bien inmueble de que se trate en el momento de los hechos, salvo que el propietario demuestre, más allá de toda duda razonable, que no puede ser considerado responsable. Dado que
Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 2017 (Sala Tercera, Sección 4, Ponente: Rafael Toledano Cantero)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2770/2017-ECLI:ES:TS:2017:2770
Temas Clave: Bienestar animal; Fauna; Ganadería; Sanidad animal
Resumen:
Por la Xunta de Galicia se aprobó el Decreto 142/2012, de 14 de junio, por el que se establecen las normas de identificación y ordenación zoosanitaria de los animales equinos en Galicia.
Tal y como se disponía en el expositivo de esta norma, «Galicia cuenta con un sistema de explotación de caballos en régimen de libertad que, por su dimensión y dispersión, no tiene parangón en otros puntos del Estado», siendo que «sólo una pequeña parte de estos caballos de monte carecen de propietario». Por tal motivo, al entender del ejecutivo autonómico, se eliminaba de facto la condición de fauna silvestre de esta clase de caballos, sin perjuicio de que se mantuviese su vida en libertad. De esta manera se aprobaba el citado Decreto 152/2012 que entre otras cuestiones, obligaba a la identificación de los équidos (y de sus movimientos y cambios de propiedad) y a su aseguramiento por los daños que pudiesen ocasionar,
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 7 de julio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Fernando de Mateo Menéndez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 2408/2017 – ECLI: ES:AN:2017:2408
Temas Clave: Embalse de Biscarrués; Aguas; Anteproyecto; Declaración de impacto ambiental; Actos de mero trámite; Regadío; Inundaciones; Deterioro de las masas de agua; Alteración de caudales; Planes Hidrológicos; Interés general; Nulidad de las resoluciones recurridas
Resumen:
La Sociedad Española de Ornitología, la Confederación Ecologistas en Acción-Coda, Greenpeace España, la Asociación para la Defensa de la Naturaleza ADENA/WWF España y la Asociación Amigos de la Tierra impugnan en este caso la resolución de 14 de febrero de 2012 de la Dirección General del Agua, de aprobación del expediente de información pública y del Anteproyecto (02/09) y Adenda (09/11) del embalse de Biscarrués en el río Gállego, término municipal de Biscarrués (Huesca). Igualmente, se recurre la resolución de 8 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Embalse de Biscarrués en el río Gállego.
Con carácter previo,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 14 de junio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Fernando Socias Fuster)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STSJ BAL 424/2017 – ECLI:ES:TSJBAL:2017:424
Temas Clave: Ley Balear 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears; Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo; indemnización; responsabilidad patrimonial; modificación clasificación del suelo; áreas de especial protección
Resumen:
En esta sentencia se resuelve recurso contencioso administrativo sobre responsabilidad patrimonial, en la que se reclama indemnización por haberse impedido el ejercicio de la iniciativa y la promoción de actuaciones de urbanización o de edificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 de la Ley de Suelo según texto refundido aprobado por RDL 2/2008. El recurso se interpone interesando indemnización por daños derivados de acto legislativo como desclasificación de los terrenos de su propiedad. En el recurso contencioso-administrativo se hace una disociación entre petición principal y subsidiaria de cuantía teniendo en cuenta dos posibilidades distintas. La primera,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 26 de abril de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 1558/2017 – ECLI:ES:TSJPV:2017:1558
Temas Clave: Actividades clasificadas; Autorización ambiental integrada; Autorizaciones y licencias; Ayuntamientos; Comunidades Autónomas; Informe urbanístico de compatibilidad
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo por unos particulares contra la resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente del Gobierno Vasco a través de la cual se ponía fin al procedimiento de autorización ambiental integrada (AAI) iniciado para una instalación de engorde intensivo de cerdos en un municipio de Álava, así como contra la Orden que desestimaba el recurso de alzada contra la antedicha resolución.
El motivo principal para poner fin al procedimiento de otorgamiento de la AAI radicaba en que se había recibido informe urbanístico municipal que decretaba la incompatibilidad de la actividad con el planeamiento urbanístico municipal. Todo ello en cumplimiento del artículo 15 (2º párrafo) de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el cual indica que «si el informe urbanístico regulado en este artículo fuera negativo,
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