Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, Buenos Aires, 13 de marzo de 2015
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Temas Clave: Parque Nacional; Reserva Natural; alteración los ecosistemas y del paisaje; impacto visual y paisajístico; artificialilzación del paisaje; actividades recreativas y educativas en materia ambiental en zona delimitada como Reserva Natural; actividades turísticas en Reservas Naturales; dominio y jurisdicción; educación ambiental
Resumen:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (en adelante CSJN) conoció en ejercicio de su competencia originaria, en la demanda contencioso administrativa promovida por la Provincia de Misiones contra el Estado Nacional -Secretaría de Turismo de la Nación- y contra la Administración de Parques Nacionales (en adelante, APN), para que se declare la nulidad de las resoluciones que rechazaron el Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto Globo Aerostático Cautivo” y denegaron la aprobación de su instalación en el área de Cataratas del Parque Nacional Iguazú, en un inmueble transferido al dominio público de la Provincia de Misiones como establecimiento educacional (ex escuela Nº 609), en 1978, antes de la sanción
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de julio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Juan Francisco López de Hontanar Sánchez)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 7512/2017 – ECLI:ES:TSJM:2017:7512
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Ayuntamientos; Derecho ambiental comunitario; Taxis
Resumen:
Mediante el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 28 de noviembre de 2012 se aprobó la Ordenanza Reguladora del Taxi. Normativa exhaustiva en cuanto a la regulación de este servicio, y que incluye algunos puntos que en su día levantaron cierta polémica, tales como la obligatoriedad de los titulares de la licencia de estar domiciliados en la Comunidad de Madrid, o la exigencia de carecer de antecedentes.
En cualquier caso, dicha Ordenanza fue recurrida por la Asociación de Empresarios Madrileños del Taxi ante la jurisdicción contencioso-administrativa, impugnando varios de sus artículos.
En lo que a nuestros efectos importa, la materia jurídico ambiental, debemos detenernos exclusivamente en la solicitud de anulación del artículo 16 de la Ordenanza, a través del cual se determina que «1. Los vehículos no podrán superar la antigüedad de 10 años contados desde su primera
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 2 de junio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Carlos Altarrib Cano)
Autora: Aitana De la Varga Pastor, Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STSJ CV 3063/2017 – ECLI: ES:TSJBAL:2017:3063
Temas Clave: inmisiones por ruido; daños ambientales; prueba; acceso a la información; interesado
Resumen:
Esta Sentencia resuelve apelación al recurso contencioso interpuesto que fue desestimado por sentencia. Este recurso contencioso administrativo se interpuso contra una denuncia por inactividad frente a una inmisión por ruidos y una desestimación presunta de una solicitud de información. Por lo tanto, se plantean dos cuestiones, la primera relacionada con la contaminación acústica y la inactividad de la administración –en la que un vecino sufre molestias por ruidos provocado por un aparcamiento público de vehículos durante las 24 horas del día- y, la segunda, con el derecho de acceso a la información en manos de la administración pública por parte del interesado, en concreto en relación con la denegación por silencio de identificar a las personas que tramitaron el expediente administrativo en el que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 2 de junio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Estrella Blanes Rodríguez)
Autora: Aitana De la Varga Pastor, Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STSJ CV 3043/2017 – ECLI: ES:TSJBAL:2017:3043
Temas Clave: autorización ambiental integrada; declaración de impacto ambiental; información pública; procedimiento único; suelo no urbanizable; nulidad
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso interpuesto por el Ayuntamiento de la Pobla del Duc, contra la resolución del Secretario Autonómico de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio Y Medio Ambiente de fecha 6.2.2015, desestimatoria del requerimiento previo, confirmando la Resolución de fecha 16.7.2014, dictada por la Dirección General de Evaluación Ambiental de fecha 18.2.2014, otorgando a SIG RENOVABLES SL una Autorización Ambiental Integrada, siendo parte demandadas la CONSELLERIA DE INFRAESTRUCTURAS TERRITORIO Y MEDIO AMIBIENTE y SIG ENERGIAS RENOVABLES SL.
El motivo de impugnación se basa en anular las resoluciones y actos administrativos que otorgaban a SIG RENOVABLES UNA Autorización Ambiental Integrada (AAI). El motivo de dicha anulación yacía en que la misma Sala había dictados sentencia que devino firme nº
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 10 de abril de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Francisco Javier Varona Gómez-Acedo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ ICAN 1554/2017 – ECLI:ES:TSJICAN:2017:1554
Temas Clave: Desarrollo sostenible; Instrumentos de planificación; Libertad de establecimiento; Libre prestación de servicios; Ordenación del territorio; Turismo sostenible
Resumen:
Con fechas de 28 y 30 de noviembre de 2011 se aprobó el Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular de la Isla de Gran Canaria, mediante Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias. Plan que fue hecho público a través de la Resolución de 28 de febrero de 2014.
De conformidad con las normas publicadas de este Plan Territorial, su objeto es el de «establecer previsiones específicas de desarrollo territorial y turístico fijados en la Ley 19/2003, de 14 de abril, de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias y la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial la ordenación del turismo».
Parte del articulado de este Plan es recurrido por la Federación
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