Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 29 de marzo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Maria Desamparados Iruela Jimenez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CV 848/2018 – ECLI: ES:TSJCV:2018:848
Temas Clave: Gestión de residuos; principio de proximidad; principio de autosuficiencia; protección de la salud; derechos humanos
Resumen:
Mediante Acuerdo de 11 de septiembre de 2013, la Junta de Gobierno del Consorcio del Plan Zonal 8 A3 (anteriormente Plan Zonal XIII) acordó “autorizar al Consorcio para la ejecución de las previsiones del Plan Zonal 11 A6 (anteriormente Plan Zonal XVII) para el traslado de residuos a la planta de Villena; y reservarse aquel Consorcio el derecho a utilizar la misma capacidad de las instalaciones del Plan Zonal 11 A6”. Dicho Acuerdo fue impugnado previamente por el Ayuntamiento de Villena, que ahora actúa como apelante. El informe favorable del Coordinador del Consorcio que trae causa es el mismo en virtud del cual la Junta de Gobierno del Plan Zonal 8 A3 dictó el citado Acuerdo, impugnado nuevamente por el referido Ayuntamiento.
A
Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (Sala Quinta), de 27 de septiembre de 2018, asunto T-12/17, por la que se resuelve el recurso contra la Decisión por la que se desestima la revisión interna relativa a la ampliación del período de aprobación de la sustancia activa glifosato
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto T-12/17
Temas clave: Ampliación del período de aprobación de la sustancia activa glifosato, Reglamento 1367/2006 relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus, efecto directo
Resumen:
La demandante es una asociación alemana sin ánimo de lucro que fomenta la conservación y la promoción de las abejas.
La Comisión había prorrogado por dos ocasiones el periodo de aprobación del glifosato como producto fitosanitario tras haberse expirado su aprobación el 31.12.2015 a la espera del dictamen del Comité de Evaluación del Riesgo de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) acerca de la clasificación armonizada del glifosato con respecto a su carcinogenicidad.
La segunda prórroga fue realizada mediante el Reglamento de Ejecución 2016/1056 de la Comisión, de
Sentencia Núm. 98/2018, de 19 de septiembre de 2018, del Pleno del Tribunal Constitucional. Ponente: Juan Antonio Xiol Ríos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE Núm. 247, de 12 de octubre de 2018
Temas Clave: Aguas; Fiscalidad; Autonomía local; Potestad tributaria; Usuarios; Vertidos; Arbitrariedad; Bonificaciones; Seguridad jurídica
Resumen:
La Sala conoce del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea y del Grupo Mixto en el Congreso de los Diputados contra los apartados tercero, cuarto, sexto (salvo el título de la disposición adicional y su último apartado, el quinto, que no se impugnan) y octavo del artículo 5 de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, por los que se modifican los apartados quinto y sexto del artículo 82, la disposición adicional séptima, y la disposición transitoria sexta de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de aguas y ríos de Aragón, relativos al impuesto sobre contaminación de las aguas de Aragón.
En realidad, todos estos preceptos se refieren a la configuración jurídica del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 5 de julio de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ramón Sastre Legido)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: ROJ: STSJ CL 2698/2018 – ECLI: ES:TSJCL:2018:2698
Temas Clave: Autorización ambiental; Residuos; Infraestructuras; Planeamiento urbanístico; Plan regional
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo planteado por “Ecologistas en Acción de Valladolid” frente a la resolución de 7 de octubre de 2016 de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, por la que se concedió autorización ambiental (AA) al Centro Integral de Tratamiento de Residuos Industriales No Peligrosos (CITR), ubicado en el término municipal de San Martín de Valvení (Valladolid), titularidad de la mercantil “Valvení Soluciones para el Desarrollo Sostenible, S.L.”; así como frente a la resolución de 6 de octubre de 2016 de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de dicha Consejería, por la que se dictó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) sobre el Proyecto Regional del Centro Integral de Tratamiento de Residuos Industriales No Peligrosos
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 14 de mayo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Francisco Javier Varona Gómez-Acedo)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ ICAN 1047/2018 – ECLI:ES:TSJICAN:2018:1047
Temas Clave: Clasificación de suelos; Costas; Dominio público marítimo-terrestre; Planeamiento urbanístico; Procedimiento administrativo; Urbanismo
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación contra la desestimación del requerimiento efectuado por la Administración General del Estado al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de julio de 2014, a través del cual se aprobaba definitivamente el Plan General de Ordenación supletorio de Yaiza (Lanzarote).
Previamente, conviene indicar que el Plan General supletorio era un instrumento previsto en la Disposición transitoria tercera (apartado 6) de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias (según la redacción dada por la Ley 6/2009, de 6 de mayo). En la actualidad esta disposición está derogada.
En cualquier caso, la naturaleza jurídica de este Plan General supletorio sería similar a la
|