Sentencia Corte Suprema “Fundación Jorge Yarur Bascuñán vs Sociedad Urbanizadora Reñaca Concón”, de 5 de junio de 2019
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Katia Spoerer Rodrik, ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Sentencia Corte Suprema, Rol ingreso: 10477-2019
Temas clave: Recurso de protección; Ingreso al SEIA; Impacto ambiental; Consulta de pertinencia- componentes ambientales
Resumen:
Con fecha 5 de junio de 2019, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación interpuesto por el Movimiento Duna Viva y la Fundación Jorge Yarur Bascuñán (los “recurrentes“) en contra de Sociedad Urbanizadora Reñaca Concón S.A, (la “recurrida”), titular del proyecto de loteo y urbanización contiguo a las calles Bosque de Montemar y Cornisa, en la comuna de Concón, cercano al santuario de la naturaleza denominado “Campo Dunar Punta de Concón” y al área verde que lo rodea (el “Proyecto”), y revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de 4 de abril de 2019, que había rechazado el recurso de protección interpuesto por los recurrentes.
En primera instancia los recurrentes fundaron el recurso de protección en la afectación del derecho tutelado por el artículo 19 N°8 de la Constitución Política de la
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, Buenos Aires, 11 de Julio de 2019. “Majul, Julio Jesús c/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano’ y otros s/ acción de amparo ambiental”
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Temas Clave: Acción de amparo ambiental colectivo; cuenca hídrica; protección de los humedales; daño ambiental; facultades del juez en asuntos ambientales; reglas procesales
Resumen:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (en adelante CSJN) en el marco de un recurso extraordinario federal y de queja, por denegación del mismo, revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos que había rechazado la acción de amparo interpuesta por un vecino, con el objeto de que cesen las obras y se reparen los perjuicios ambientales producidos por la construcción de un proyecto inmobiliario en la ribera del Río Gualeguaychú, por el hecho de existir un procedimiento administrativo previo iniciado por la Municipalidad de Gualeguaychu, pendiente de resolución.
Comentario:
Un vecino de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, el Sr. Julio
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 18 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 3888/2019- ECLI: ES:TSJ GAL:2019:3888
Temas Clave: Incendios forestales; Clasificación de suelos
Resumen:
Mediante recurso contencioso-administrativo, la mercantil Agro Do Forno S.L. impugnó las resoluciones de 29 de enero y de 24 de abril de 2014, en relación a unas licencias de obra para talado y movimiento de tierras e implantación de una unidad de suministro de carburante. La Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Rural certificó a de 4 de diciembre de 2015 la producción de tres incendios en 2006 en la parcela para la que ahora se pretende un cambio de uso no previsto con anterioridad. El juzgador de instancia razonó que no podía cambiarse el uso de unos terrenos afectados por un incendio durante un periodo de, al menos, 30 años, a la luz del artículo 59.3 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.
El Concello de Riveira y la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León (Burgos), de 14 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 2886/2019 – ECLI: ES:TSJCL:2019:2886
Temas Clave: Procedimiento sancionador; Licencia ambiental; Ganadería
Resumen:
Este procedimiento trae causa de la Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de 27 de diciembre de 2.017 por la que se desestimó el recurso de alzada interpuesto por la SAT VELSANZ contra la Resolución de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de 14 de diciembre de 2.016 por la que se resolvió el expediente sancionador en materia de prevención ambiental.
En dicha Resolución se sancionó a un particular con una multa de 2.001,00 euros, como responsable de la comisión de una infracción administrativa grave del art. 74.3.a) del R.D. Legislativo 1/2015, por el que se aprueba el TR de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, y ello por llevar a cabo una explotación ganadera de cebo de pollos, sin la preceptiva
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 11 de julio 2019 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2009/28, de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (art. 3.3.a – sistemas de apoyo-, a la luz de los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Décima, asuntos acumulados C‑180/18, C‑286/18 y C‑287/18, ECLI:EU:C:2019:605
Temas Clave: energías renovables; plantas solares fotovoltaicas; fomento; sistemas estatales de apoyo; modificación; principio de seguridad jurídica; principio de protección de la confianza legítima; estándar del operador prudente y diligente
Resumen:
La decisión del Tribunal de Justicia trae causa de la cuestión prejudicial planteada por el Consejo de Estado de Italia tras suspender, en segunda instancia, los procesos contencioso-administrativos iniciados por las empresas titulares de tres plantas solares fotovoltaicas (Agrenergy y Fusignano Due) contra el Ministerio de Desarrollo Económico a raíz de la reducción, en el quinto plan de energía, de los incentivos económicos a la electricidad verde generada por este tipo de instalaciones (tarifas incentivadas).
Las demandantes consideraban que tenían derecho a la aplicación de las tarifas
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