Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), de 7 de noviembre, asuntos C-105 a 113/18, por la que se resuelve la cuestión prejudicial en relación a la interpretación de la Directiva 2000/60/CE, marco de aguas y Directiva 2009/72/CE del mercado interior de la electricidad
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), asuntos C-105 a 113/18
Temas clave: Quien contamina paga; No discriminación; Ayudas de estado; Impuesto a la generación de energía hidroeléctrica
Resumen:
La cuestión prejudicial deriva de un litigio en el que las sociedades de generación de energía interpusieron diferentes recursos ante el Tribunal Supremo en los que solicitaban la anulación del Real Decreto 198/2015, por el que se desarrolla el artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas y que regula el canon por la utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias.
El TS alberga dudas acerca de la compatibilidad de este canon, en primer lugar, con el principio de que quien contamina paga, con el principio de no discriminación y con el Derecho de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), de 7 de noviembre, asuntos C-80 a 83/18, por la que se resuelve la cuestión prejudicial en relación a la interpretación de la Directiva 2009/72/CE del mercado interior de la electricidad y de la Directiva 2005/89/CE, de seguridad del abastecimiento de electricidad y la inversión en infraestructura y de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), de 7 de noviembre, asuntos C-80 a 83/18
Temas clave: Quien contamina paga; No discriminación; Impuesto a la energía nuclear
Resumen:
La cuestión prejudicial deriva de un litigio en el que las sociedades de generación de energía interpusieron diferentes recursos ante la Audiencia Nacional solicitando la anulación de la Orden HAP/538/2013, de 5 de abril, por la que se aprueban los modelos 584 «Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados» y 585 «Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Autoliquidación y pagos fraccionados», y
Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de octubre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, número de recurso: 248/2018, Ponente: María del Pilar Teso Gamella)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 3290/2019 – ECLI: ES:TS:2019:3290
Temas Clave: Responsabilidad patrimonial del Estado legislador; Régimen retributivo; Energía renovable; Irretroactividad; Seguridad jurídica; Confianza legítima
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso administrativo interpuesto por Ciudad Agroalimentaria Tudela, S.L. contra la denegación presunta, y expresa después (mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de noviembre de 2017), de la reclamación formulada en su día por esta entidad, por la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por los daños y perjuicios derivados de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, y la posterior normativa de desarrollo; en concreto, el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos,
Sentencia del 6 de febrero de 2019, SCBA (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) “Asociación Civil Conciencia Ciudadana Mejorar c/ Telefónica Móvil Argentina SA s/ Reclamo contra Actos de Particulares”
Autor: Juan Claudio Morel, Profesor Titular de Derecho Ambiental de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN sede Tandil, Argentina)
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (Argentina)
Temas Clave: Localización de antenas de telefonía celular o móvil; Proceso ambiental; congruencia entre el objeto del proceso y la materia decidendis
Resumen:
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la Argentina (en adelante SCBA) en el marco de un Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley, en un proceso ambiental, confirma la Sentencia del órgano de segunda instancia que ya había considerado cumplida la ejecución de la sentencia y agotado el objeto del proceso. Se declaró mal concedido el Recurso y ordenó se acuda por la vía que corresponda ante otro reclamo.
Comentario:
Liminarmente es necesario establecer, que tratándose la Argentina de una Nación con organización Federal de las unidades al interior del conjunto nacional, denominadas Provincias o Estados Provinciales, poseen una organización
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de 24 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso Palma de Mallorca. Sección 1, Ponente: Pablo Delfont Maza)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 709/2019 – ECLI: ES: TSJBAL: 2019:709
Temas Clave: Urbanismo; Licencia municipal; Suelo rústico protegido; Espacio natural protegido; Área rural de interés paisajístico; Bien de interés cultural
Resumen:
Por parte de un particular se interpone recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Comisión de Govern del Consell Insular de Mallorca, por el que se desestimaba el recurso de alzada formulado el contra el acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, mediante el que se denegó el proyecto de legalización presentado por la parte apelada ante el Ayuntamiento de Deià, relativo a una piscina construida en 1997, en concreto tras haber obtenido la licencia municipal que entonces se solicitó, que lo había sido para reconstrucción de un safereix, teniéndose para ello en cuenta:
1.- Que la piscina se había construido en suelo rustico de especial protección, calificado de Área Rural de Interés Paisajístico, y
2.- Que desde la Ley CAIB 6/1985 el
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