Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 5 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: María Esperanza Sánchez de la Vega)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1114/2020 – ECLI: ES:TSJMU:2020:1114
Palabras clave: Espacio natural protegido. Parque Natural. Especies invasoras. Daños. Agricultura. Caza. Indemnización.
Resumen:
La parte actora en este procedimiento es la propietaria de unos terrenos en el entorno del Parque Natural de Sierra Espuña (Murcia)[1], en su escrito de demanda esgrime la existencia de relación causa efecto entre la actividad administrativa y los daños causados en sus árboles por una especie, el árrui (Ammotragus lervia). Por consiguiente, estima que el resultado lesivo deriva del riesgo creado por la Administración al no establecer las medidas necesarias para impedirlo.
Por los daños causados se formuló denuncia, donde también alegaba que se le ha denegado la caza de los mismos como medida disuasoria.
La Administración se opone a dicha responsabilidad por varios motivos, el primero de ellos por considerarla
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 9 de julio de 2020 (cuestión prejudicial de interpretación), sobre la Directiva 2004/35, de responsabilidad medioambiental (art. 2.7 –concepto de “actividad profesional”-; y, Anexo I –concepto de “gestión corriente de los parajes (…)”: Las Entidades de Derecho público pueden ser responsables de los daños ambientales (especies y hábitats protegidos) causados por actividades de interés general, como la explotación de una estación de bombeo para drenar terrenos agrícolas
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo Legambiental
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Sala Primera), asunto C-297/19, ECLI:EU:C:2020:533
Palabras clave: Responsabilidad ambiental. Daños ambientales. Especies y hábitats protegidos. “Gestión corriente de parajes”. Prácticas agrícolas. Actividad profesional.
Resumen:
La Sentencia trae causa de la demanda de una asociación ambiental contra la Entidad de derecho público que gestiona los recursos hídricos y terrestres de la península de Eiderstedt (Alemania) – clasificada parcialmente como zona protegida- por los daños causados al fumarel común (ave acuática) por el drenaje constante de dicho territorio mediante una instalación de bombeo que permite la actividad agrícola y residencial. La Asociación invocaba la normativa alemana de transposición de la Directiva de responsabilidad
Sentencia del Tribunal Supremo, de 22 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Octavio Juan Herrero Pina)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1950/2020 – ECLI: ES: TS:2020:1950
Palabras clave: Calidad del aire. Planes. Comunidades Autónomas. Competencias.
Resumen:
El Alto Tribunal conoce del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Comunidad de Castilla y León frente a la sentencia de 19 de octubre de 2018 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), estimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto por la «Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León» en relación con la aprobación de los Planes de mejora de calidad del aire.
La Administración recurrente denuncia la infracción del artículo 16.3 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y del artículo 24.5 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, considerando que la interpretación efectuada
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 25 de junio de 2020 (cuestión prejudicial de interpretación), sobre la Directiva (UE) 2001/42, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas (arts. 2 y 3.2)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo LEG.AMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Gran Sala), asunto C‑24/19, ECLI:EU:C:2020:503
Palabras clave: Evaluación ambiental estratégica. Parque eólico. Autorización urbanística. Concepto de “planes y programas”. Actos normativos.
Resumen:
La Sentencia trae causa de la impugnación ante el Consejo del Contencioso de Autorizaciones de Bélgica de la autorización urbanística concedida por el Departamento de Ordenación del Territorio de Flandes a Electrabel para instalar cinco aerogeneradores. El citado órgano suspendió el proceso, iniciado por varios residentes en la zona alegando que los actos que fundamentaron dicha autorización (la orden ministerial y la circular administrativa que regulan la instalación y explotación de los aerogeneradores) no se sometieron a evaluación ambiental estratégica, y planteó al Tribunal de Justicia varias cuestiones sobre la compatibilidad de dichos actos con la Directiva de evaluación estratégica.
El órgano remitente tenía dudas sobre la aplicación de dicha técnica a la citada regulación administrativa y
Sentencia Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol N°3106-2019 y Corte Suprema “Sandón/Guajardo” Rol N°36416 – 2019, Consulta de Pertinencia y Consulta Indígena
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Katia Spoerer Rodrik, ayudante Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Sentencia Tercera Sala Corte Suprema Rol N°36416 – 2019[2], Corte de Apelaciones de Antofagasta Rol N°3106-2019
Palabras clave: Consulta Indígena. Convenio OIT. Consultas de Pertinencia. Área Colocada Bajo Protección Oficial.
Resumen:
Mediante sentencia de fecha 14 de mayo de 2020, la tercera sala de la Corte Suprema (“CS”), confirmó la sentencia apelada de fecha 26 de noviembre de 2019, que rechazó el recurso de protección presentado por 5 personas naturales de la comuna de San Pedro de Atacama (los “Recurrentes”), en contra de la Resolución Exenta 207/2019 (la “Resolución”) del Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Antofagasta (“SEA”), que resolvió la consulta de pertinencia del proyecto “Campaña de exploración de minerales no metálicos en el Salar de Atacama” de propiedad de la empresa Wealth Minerals Chile SPA (el “Proyecto”), indicando que este último NO debía ingresar al Sistema de Evaluación de
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