Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 15 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Salas Gallego)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 5172/2020 – ECLI: ES:TSJAND:2020:5172
Palabras clave: Planificación urbanística. Evaluación ambiental estratégica. Aprobaciones provisionales. Tramitación y plazos.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por un particular frente a la Orden de 28 de noviembre de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve la aprobación definitiva parcial de la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Chiclana de la Frontera y contra la Orden de 22 de diciembre de 2016 de publicación de la normativa de la revisión.
Nos centraremos en el siguiente motivo de recurso alegado por la parte actora: “Respecto a la evaluación ambiental estratégica, el ciudadano que quiera rebatir la justificación planteada en la declaración ambiental estratégica final sobre las alternativas adoptadas en la ordenación no le queda más remedio que recurrir a
Sentencia 81/2020 de 15 de julio de 2020, del Pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Juan José Gonzalez Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE. Núm. 220 sábado 15 de agosto de 2020
Palabras clave: Animales. Bienestar animal. Competencias. Libertad religiosa. Libertad ideológica. Transporte animal.
Resumen:
El recurso que da lugar a la sentencia comentada fue presentado por más de cincuenta senadores del grupo parlamentario Popular del Senado contra los siguientes artículos de la Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja: 1; 2.1; 2.2 g); 5 e); 5 i); 5 o); 6.1; 6.2, letras a), b), c), d), e), f), g), h) y l); 7, apartados 3, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14 y 28; 11, apartados l y 2; 12.2, letras a) y b); 15; 39.1 a); 45.1 e); 54, apartados 6 y 19; 55.1; 56.1, letras b) y c); y 56.4, letras b), c), d), e) y f).
El objeto del recurso para la recurrente
Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 330/2019, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 2646/2020 – ECLI: ES:TS:2020:2646
Palabras clave: Patrimonio Natural. Biodiversidad. Patrimonio Nacional. Evaluación ambiental. Prohibiciones. Actividades deportivas.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Escalada Libre Sostenible Zona Centro frente al Acuerdo del Consejo de Ministros, adoptado en su sesión de 29 de marzo de 2019, mediante el que se aprueba el Plan de Protección Medioambiental del Bosque de la Herrería (publicado en el BOE de 4 de julio de 2019).
La controversia gira en torno a la prohibición, incluida en el citado Plan de Protección Medioambiental, de la actividad deportiva de escalada en bloque (boulder), por no considerarse compatible con la protección de la biodiversidad que se persigue, a diferencia de lo que ocurre con otras prácticas deportivas, como la bicicleta de montaña, la marcha o el senderismo,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 10 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: Rafael Pérez Nieto)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4155/2020 – ECLI: ES:TSJCV:2020:4155
Palabras clave: Paisaje Protegido. Red Natura 2000. Espacio natural.
Resumen:
El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por “Grupo Montepiedra” SA es el Decreto núm. 190/2008, de 19 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, que declara paisaje protegido la Sierra Escalona y su entorno (DOGV núm. 8413).
Esta empresa es propietaria de 650.0000 m2, los cuales han sido incluidos en el espacio del paisaje protegido de la Sierra Escalona y su entorno.
En su tramitación, solicitó la exclusión de sus terrenos al considerarlos que no albergaban suficientes valores naturales para ello, para lo cual aportó informe pericial según el cual la finca no es representativa de mosaico paisajístico de la Comunitat Valenciana y que se considera paisaje agrícola por el PATIVEL, con una calidad
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 24 de febrero de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eulalia Martínez López)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: Roj: STSJ CLM 822/2020 – ECLI:ES:TSJCLM:2020:822
Palabras clave: Almacén Temporal Centralizado (ATC). Espacios naturales protegidos. Lugares de importancia comunitaria (LIC). Red natura. Residuos radioactivos. Villar de Cañas. Zonas de especial conservación (ZEC). Zonas de especial protección para las aves (ZEPA).
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 57/2016, de 4 de octubre, por el que se amplía la Zona Especial de Protección para las Aves (ZEPA) Laguna de Hito y se realiza la Propuesta a la Comisión Europea para su declaración como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC). Los recurrentes son la Asociación de Afectados por la Ampliación de las Figuras de Red Natura de la Laguna de Hito, y los Ayuntamientos de Záncara, Villarejo de Fuentes, Villares del Saz y Saelices.
Hay que recordar que el espacio cuya ampliación e integración en Red Natura 2000 se pretende a través del Decreto impugnado, es precisamente el
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