Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 17 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 3112/2020- ECLI: ES:TSJ GAL:2020:3112
Palabras clave: Aprovechamiento forestal. Autorizaciones y licencias. Ayuntamientos. Comunidades Autónomas. Competencias. Dominio público. Incendios Forestales. Montes.
Resumen:
El Concello de Entrimo recurre la resolución de 13 de octubre de 2017, del Director Xeral de Ordenación Forestal, denegatoria de la solicitud de aprovechamiento forestal en los montes de utilidad pública de dicho Concello.
Como antecedentes, dicho Concello suscribió a 10 de marzo de 2008, un contrato administrativo de concesión demanial de uso privativo y explotación de sus montes catalogados de utilidad pública. Mediante resolución de 7 de noviembre de 2016, la Consellería do Medio Rural denegó las solicitudes de aprovechamiento maderero presentadas por Madeiras do Xurés S.L. por entender que a los montes públicos declarados de utilidad pública no les resulta aplicable el Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el
Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 2568/2018, Ponente: Inés María Huerta Garicano)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: STS 2653/2020 – ECLI: ES:TS:2020:2653
Palabras clave: Patrimonio Natural. Biodiversidad. Plan Especial para la Protección del Medio Natural y el Paisaje. Plan Territorial Sectorial. Evaluación Ambiental Estratégica.
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Campings de Sant Pere Pescador contra la Sentencia núm. 895, de 15 de diciembre de 2017, de la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que estimó en parte el recurso contencioso-administrativo deducido por dicha Asociación frente al Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Cataluña GOV/254/2010, de 23 de noviembre, por el que se aprobó definitivamente el Plan especial de protección del medio natural y del paisaje “Aiguamolls de l’Alt Empordà”, en los términos municipales de Armentera, Castelló d’Empúries, la Escala, Palau-Saverdera, Pau, Pedret i
Sentencia 96/2020, de 21 de julio del Tribunal Constitucional (Ponente Juan José Gonzalez Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE número 220, de 15 de agosto de 2020
Palabras clave: Monte público forestal. Deslinde. Catalogación. Utilidad pública
Resumen:
El objeto de inconstitucionalidad se plantea por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, respecto del art. 6.1.3 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, forestal de Andalucía, por posible vulneración del art. 149.1.18 CE.
«Artículo 6.
1. Para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente ley, la Comunidad Autónoma ostenta las potestades siguientes:
[…]
3. Investigar, deslindar y recuperar de oficio los montes públicos.»
Se plantea que el precepto cuestionado, al atribuir a la administración forestal autonómica la potestad de deslinde de todos los montes públicos, entra en contradicción con la normativa básica [art. 21.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes (LM, en lo sucesivo)], que reserva esta potestad a la administración titular
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 17 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Julio César Díaz Casales)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 3109/2020- ECLI: ES:TSJ GAL:2020:3109
Palabras clave: Ayuntamientos. Competencias. Contaminación acústica.
Resumen:
Se recurre en apelación una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, que declaró la inactividad del Ayuntamiento de Sanxenxo, con relación a las competencias atribuidas por la legislación vigente a las entidades municipales en materia de ruidos. El pronunciamiento obligó a la administración local a dar continuación a los expedientes iniciados y a resolver las denuncias presentadas a 4 de diciembre de 2015 y a 10 de marzo de 2016, así como a un procedimiento derivado de una resolución de 3 de mayo de 2016 sobre la actividad del establecimiento Varadero.
Recurren en apelación un particular interesado, que alega incongruencia entre la inactividad reconocida y a la que se condena a la administración. Entre otros extremos, solicita la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 12 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: Cristina Concepción Cadenas Cortina)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 5340/2020 – ECLI: ES:TSJM:2020:5340
Palabras clave: Central nuclear. Almacén Temporal Individualizado. Residuos radiactivos. Declaración de Impacto Ambiental. Participación. ZEPA. Espacios protegidos. Presa de “Valdecañas”. Estudio epidemiológico. Radiaciones ionizantes
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo formulado por “Ecologistas en Acción (Campo Arañuelo)” contra la Resolución del Subsecretario de Energía, Turismo y Agenda Digital de 7 de julio de 2017 que, a su vez, desestimó el recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 14 de diciembre de 2016 que autorizó la ejecución y montaje de la modificación de diseño correspondiente al Almacén Temporal Individualizado (ATI) de la Central Nuclear de Almaraz, y contra la Declaración de Impacto Ambiental de la que trae causa.
Lo que se pretendió con la autorización fue resolver la necesidad de almacenamiento de combustible
|