Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago: Contaminación del aire, acceso a la información y prevención
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Sentencia de la Corte Suprema de Chile, 28 de mayo de 2019, Rol N° 5888-2019
Temas clave: protección constitucional del medio ambiente, contaminación del aire, acceso a la información
Resumen:
La Corte Suprema conoce de la acumulación de doce recursos de protección presentados por diversos individuos, Defensora de la niñez, fundaciones, ONG, la Municipalidad de Quinteros y Municipalidad de Puchuncaví, entre otros, en contra de ENAP Refinerías S.A.; de Enel Generación Chile S.A.; de Copec S.A.; de Epoxa S.A.; de GNL Quintero S.A.; de Oxiquim S.A.; de Gasmar S.A.; de Codelco Chile División Ventanas; de Cementos Bío Bío S.A.; de Puerto Ventanas S.A.; de Aes Gener S.A.; de Asfaltos Chilenos S.A.; del Estado de Chile; del Ministerio del Medio Ambiente; del Ministerio de Salud; de la Superintendencia del Medio Ambiente; de la Dirección Regional de la Oficina Nacional de Emergencia de la Quinta Región; de la Dirección Nacional de la Oficina Nacional de Emergencia; del Ministro del Interior; del Intendente de la Región de Valparaíso;
Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago: medidas provisionales pre-procedimentales, consulta de pertinencia, institucionalidad ambiental
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Katia Spoerer Rodrik, ayudante Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago, R-198-2018
Temas clave: medidas provisionales pre-procedimentales; consulta de pertinencia; institucionalidad ambiental
Resumen:
El proyecto “Generadora Eléctrica Roblería”, ubicado en la comuna de Linares, ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el año 2009 a través de una Declaración, por no generar ni presentar los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, siendo calificado favorablemente por la Comisión Regional del Medio Ambiente del Maule. El titular del proyecto decidió implementar modificaciones para aumentar su capacidad productiva, respecto de las cuales realizó dos consultas de pertinencia a la autoridad ambiental (SEA), referidas a la necesidad o no, de ingresar las modificaciones proyectadas al SEIA. En ambos casos el SEA consideró que no era necesario el ingreso al SEIA, dado que la envergadura de las obras hidráulicas no superaban 2m3/s. El 15 de junio de 2018 el titular dio aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) de un derrame de material acumulado en el costado
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, Buenos Aires, 26 de Febrero de 2019. “López, María Teresa c/ Santa Cruz, Provincia de y otros (Estado Nacional) s/ amparo ambiental”
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Temas Clave: Acción de amparo ambiental colectivo; emergencia hídrica y ambiental; recurso hídrico interjurisdiccional; Organismo Interjurisdiccional de la Cuenca del Río Senguer – Tratado Interjurisdiccional de Partición de Aguas y Distribución de Responsabilidades y Competencias de la Cuenca del río Senguer; Contaminación por actividad hidrocarburífera; Control judicial sobre la actividad de otros poderes del Estado; medidas preliminares previas a la definición de la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Resumen: la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (en adelante CSJN) previo a definir sobre su competencia ordena a las tres jurisdicciones demandadas (las provincias del Chubut, Santa Cruz y al Estado Nacional) una serie de pedidos de informe como medidas preliminares ante la gravedad de los hechos que se denuncia en una acción de amparo ambiental colectivo. Concretamente, la emergencia hídrica en la
Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago de 8 de febrero de 2019: participación, consulta indígena y cambio climático[1]
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental
Fuente: Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago, R-141-2017
Temas clave: Agua; Cambio climático; Minería; Participación; Consulta indígena
Resumen:
El 4 de enero de 2017, se interponen dos reclamaciones por parte de un particular y de la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca (AIASIQ), invocando el artículo 17 No 6 de la Ley N° 20.600 que Crea los Tribunales Ambientales, en contra de la Resolución Exenta N° 1317, de 15 de noviembre de 2016, del Comité de Ministros, mediante la cual se rechazó el recurso de reclamación presentado en contra de la Resolución de Calificación Ambiental N° 69, de 1 de octubre de 2015, que aprobó el “Proyecto Continuidad Operacional Cerro Colorado”.
El proyecto ubicado en el norte del país, Pozo Almonte, Región de Tarapacá, ingresa al sistema de evaluación de impacto ambiental vía “estudio”, en el que se declara como objetivo la continuación de la operación del proyecto Minera Cerro Colorado hasta el año 2023, mineral sin modificar el proceso explotando sus reservas de y
Sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, de 10 de diciembre de 2018, “Godoy Márquez, Rodrigo Sebastián y otros c/ Departamento de Aguas (DPA) y otros s/ amparo ambiental”
Autora: Noemí Pino Miklavec, Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: FGR 12753/2018/CA2, Poder Judicial de la Nación. Cámara Federal de Apelaciones de General Roca
Temas Clave: Contaminación ambiental; Recomposición del daño ambiental; derecho humano a un medio ambiente sano; vertido de efluentes al agua; salud humana
Resumen:
Se comenta una ejemplar sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, que con fecha 10/12/2018, hizo lugar a un recurso de apelación y ordenó revocar la sentencia del Juzgado Federal N° 1 de Neuquén, que había rechazado el pedido de medida cautelar de hacer cesar el vertido de líquidos cloacales al río Neuquén requerida contra la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (en adelante AIC), pero en su lugar dispuso a título precautorio una serie de medidas.
Comentario:
Es digno mencionar que ante la afectación a las aguas del río Neuquén por el vertido de efluentes cloacales mal tratados, o no tratados, en la planta de tratamiento
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