Sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de febrero de 2011 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: María Luz Lourdes Sanz Calvo)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ SAN 972/2011
Temas Clave: Energía eléctrica; Derecho de acceso a la red de distribución; Capacidad de acceso; Conexión de dos parques eólicos; Comisión Nacional de la Energía
Resumen:
El origen del recurso interpuesto por la mercantil “Endesa Distribución Eléctrica, S.L.” se remonta a la Decisión adoptada por el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en sesión de fecha 23 de julio de 2008, como consecuencia del conflicto de acceso a la red planteado por “Enel Unión Fenosa Rentables, S.A.” (en aquel momento, Sistemas de Energía Regenerativas S.A., “SERSA”) frente a Endesa. La Decisión declaró a favor de Enel Unión Fenosa el derecho de acceso a la red de distribución de Endesa, en concreto, para la conexión de los parques eólicos “La Dehesa” de 45 MW de potencia instalada, sito en la localidad de Baza y “Coto de Don Lucio” de 49,5 MW
Sentencia de la Audiencia Nacional de 17 de enero de 2011. Nº de Recurso 273/2004. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Ponente Dña. Elisa Veiga Nicole.
Id Cendoj: 28079230012011100004.
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-Ciemat.
Palabras clave: Aguas; Abastecimiento de Aguas; Evaluación de Impacto Ambiental; Red Natura 2000; Competencias del órgano ambiental.
Resumen:
Se presenta como objeto del recurso la Resolución de la Secretaría de Estado de aguas y Costas de 12 de abril de 2004, que trae causa la inversión relacionada en el Anexo II de la Ley 10/2001, que aprueba el Plan Hidrológico Nacional, que, prevé, entre el listado de inversiones, el “Abastecimiento a Santander. Bitrasvase Ebro-Besaya-Pas”; obra que de conformidad con el artículo 36.3 de la citada Ley, el Gobierno desarrollará durante el período 2001-2008 en aplicación de las previsiones establecidas en los Parques Hidrológicos de cuenca, pautándose en el apartado 5 del citado artículo que todas y cada una de las obras incluidas en los Anexos I y II se declaran de interés general con los efectos previstos en
Sentencia de la Audiencia Nacional de 31 de enero de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8, Ponente: Ana Isabel Gómez García).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Personal investigador en formación del centro CIEDA-CIEMAT.
Fuente: CENDOJ. Nº ROJ: SAN 290/2011
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental.
Resumen:
El objeto del presente recurso es la Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, de fecha 19 de noviembre de 2008, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de la “Autovía A-12. Autovía Camino de Santiago. Logroño-Burgos. Tramo Santo Domingo de la Calzada-Burgos”.
De los diferentes motivos de impugnación que formula el Ayuntamiento de Villafranca de Montes de Oca como parte demandante, y que son analizados minuciosamente y desestimados todos ellos por el Tribunal, nos interesa resaltar principalmente por su relevancia en relación al procedimiento de evaluación de impacto ambiental en la construcción de una carretera, los contenidos en los Fundamentos de Derecho Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto.
Con carácter previo al análisis de las cuestiones de fondo que se plantean en la
Sentencia de la Audiencia Nacional de dos de diciembre de 2010. (Recurso nº 485/2007. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede Madrid. Ponente D. José Guerrero Zaplana)
Id. Cendoj: 28079230012010100525
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Delitos contra el medio ambiente; Ley de Contratos; Prohibición para contratar con la Administración.
Resumen:
La Sentencia dictada por la Audiencia Nacional a fecha de dos de diciembre de dos mil diez, trae como causa la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Orden MAM/2116/2007, de 10 de julio, sobre requisitos y criterios medioambientales a introducir en los pliegos de cláusulas administrativas que rijan en los contratos del Ministerio de Medio Ambiente y los Organismos Públicos de él dependientes. Orden que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado a fecha de trece de julio de dos mil siete y en cuyo disponiendo sexto se establece que surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación, a excepción de los expedientes cuya licitación haya sido publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el Diario Oficial de la Unión Europea,
Sentencia de la Audiencia Nacional de tres de diciembre de dos mil diez. (Recurso núm. 63/2009. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª. Sede Madrid. Ponente Dña. Elisa Veiga Nicole)
Id. Cendoj: 28079230012010100501
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Ley de Costas; Concesión administrativa compensatoria; Derecho a ser indemnizado; Delimitación del dominio público marítimo terrestre
Resumen:
Es interpuesto recurso frente a la desestimación presunta de la solicitud de otorgamiento de concesión administrativa compensatoria al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Solicitud que la parte recurrente realizó, a fecha de 7 de febrero de 2008, dado que entendía que debía ser indemnizado, a lo cual entiende que tiene derecho, mediante el otorgamiento de concesión administrativa compensatoria, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera Tres de la Ley de Costas, sobre la franja de su parcela, referido a los terrenos incluidos en el dominio marítimo terrestre y en la servidumbre de tránsito. Derecho a ser indemnizado como consecuencia de la afectación por Deslinde administrativo operado por la Orden Ministerial de 20 de marzo de 2000 de
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