Palabras clave: Incumplimiento de Estado; Reglamento (CE) nº 2037/2000; Sustancias que agotan la capa de ozono; Recuperación, reciclado, regeneración y destrucción de tales sustancias; requisitos mínimos de cualificación del personal para estas funciones; medidas de prevención factibles para prevenir y reducir al mínimo los escapes de sustancias reguladas; inexistencia de controles relativos a la posible existencia de escapes.
Resumen:
El TJCE declara que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de las siguientes disposiciones del Reglamento (CE) nº 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono:
1. al no haber determinado los requisitos mínimos de cualificación exigidos para determinados miembros del personal que trabajen en la recuperación, el reciclado, la regeneración y la destrucción de las sustancias reguladas, conforme al artículo 16, apartado 5, del citado Reglamento;
2. al no haber adoptado, por lo que atañe a la Región Valona, todas las medidas de prevención factibles para prevenir y reducir al mínimo los escapes de sustancias reguladas, así como al no haber practicado los controles anuales para determinar la existencia o inexistencia de escapes, conforme al artículo 17, apartado 1 del referido Reglamento.