3 May 2011

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Commentary: “Environmental Sustainability And Administrative Law: A New Solution To The Economic Crisis Or A Constitutional Requirement? With Reference To The New Spanish Sustainable Economy Act (Ley De Economía Sostenible)”

Title: “Environmental Sustainability And Administrative Law: A New Solution To The Economic Crisis Or A Constitutional Requirement? With Reference To The New Spanish Sustainable Economy Act (Ley De Economía Sostenible)”

Author: Francisco Javier Sanz Larruga, Professor of Administrative Law of University of A Coruña (Spain)

Reception date: April 21st, 2011

Acceptance date: April 29th, 2011

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00198

Abstract:

The successful formulation of the sustainability paradigm – in its many aspects: environmental, social and economic- spreading in many programmatic and strategic documents of international organizations and national governments carried out in the context of the present economic crisis, sets out important problems of legal interpretation when it comes to introducing them uncritically in standard-setting instruments.

Sustainable development is not a mere conceptual resource derived from the new trends on environmental economy but a real legal principle that can be translated into important requirements and mandates aimed to the rational use of natural resources and its protection on the future generations.

If the aim is to achieve efficiently these objectives, the reception of the sustainability criteria – or at least the environmental ones- in the

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12 February 2010

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Comentario. Notas a la revisión del Reglamento EMAS

Hacia un EMAS de alcance internacional en competencia con la ISO 14001: notas a la revisión del Reglamento EMAS

Autora del Comentario: Alba Nogueira López, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la USC.

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00194

La aprobación del tercer Reglamento EMAS confirma los pasos inaugurados por la revisión de 2001 en el sentido de buscar una integración de la ISO 14001 como un paso intermedio para la adhesión al sistema comunitario. La flexibilidad, menor exigencia en cuanto a los requisitos de información y cumplimiento normativo y apertura a un abanico mayor de organizaciones propia de la ISO 14001, han contribuido a un mayor éxito de este sistema por lo que la UE busca incrementar las adhesiones al EMAS estableciendo la ISO 14001 como un estadio transitorio de acceso al EMAS al que sólo habría que suplementar los pasos públicos del sistema: verificación y validación de la declaración ambiental; inscripción en el registro e información al público.

Los principales cambios que experimenta el EMAS 3 están en:

la ampliación de sujetos que podrían adherirse –en línea con una ampliación del ámbito de aplicación la simplificación del sistema para las pequeñas organizaciones el reforzamiento de la

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20 April 2009

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Comentario. "El medio ambiente en la nueva estructura de la Xunta de Galicia"

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00192

Hoy ha sido publicado el Decreto 79/2009, do 19 de abril, polo que se establece a estructura orgánica da Xunta de Galicia. En él se crea la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas. Tras más de diez años con una Consellería dedicada exclusivamente a los temas ambientales (en concreto desde el año 1997), las competencias ambientales se integran en una Consellería de perfil más amplio, siguiendo la reciente tendencia marcada por el Gobierno español tras la creación del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. La pregunta que cabría hacerse es si ello va a ser positivo para la protección y adecuada gestión pública del medio ambiente de la Comunidad.

Hasta el año de creación de la Consellería del Medio Ambiente las competencias en este ámbito aparecían dispersas en diferentes consellerías, de modo similar a como ha ocurrido en la Administración General del Estado hasta la creación del Ministerio de Medio Ambiente en el año 1996. La protección del medio Ambiente ha ido “escalando” en la estructura administrativa a medida que iba adquiriendo mayor relevancia social, hasta merecer una consellería dedicada en exclusiva a esta

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26 January 2009

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Comentario. "Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas"

Luis Blanco-Urgoiti y Elena Atienza Abogados de AVEQ-KIMIKA

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00190

El pasado 31 de Diciembre de 2008 se publicó en el seno de la Comisión Europea el Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (Reglamento (CE) nº 1272/2008).

Mediante este nuevo Reglamento Comunitario se aplicarán en la UE los criterios internacionales acordados por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para la clasificación y el etiquetado de las sustancias y mezclas peligrosas, conocido como GHS. GHS (Globally Harmonized System) se ha traducido oficialmente como Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA).

Asimismo, el Reglamento supondrá la derogación de las Directivas 67/548/CEE respecto de sustancias y Directiva 1999/45/CE por lo que se refiere a mezclas[1], que actualmente regulaban esta materia, con efectos a partir de 1 de junio de 2015.

Las posibles modificaciones en la clasificación de las sustancias y mezclas químicas no es tan solo una cuestión de etiquetado. La influencia de dichos cambios es muy importante en normativas que se basan en dicha clasificación tales como Seveso (RD 1254/1999), Almacenamiento de Productos Químicos (RD 379/2001), protección de la salud

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18 November 2008

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Comentario. "Ley 10/2008, de Residuos de Galicia"

Ley 10/2008 de 3 de Noviembre, de Residuos de Galicia (DOGA nº 224, de 18 de Noviembre de 2.008)

Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00187

Antecedentes

La Comunidad Autónoma de Galicia asumió, a través del artículo 27.30 de su Estatuto de autonomía, la competencia exclusiva para aprobar las normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje, en los términos del artículo 149.1.23 de la Constitución, y, en base al mismo, ha venido dictando normas específicas sobre la producción y gestión de residuos.

Así, en base a dicho título competencial, se aprobaron las leyes 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, y la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia (que queda derogada con la presente Ley), con el objetivo prioritario de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, obtener un alto nivel de protección del medio ambiente y establecer los mecanismos necesarios para garantizar que la gestión de los residuos se efectúe sin poner en peligro la salud de las personas ni perjudicar el medio ambiente.

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