Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 20 de noviembre de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ricardo Estévez Goytre)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 2822/2018- ECLI: ES:TSJCLM:2018:2822
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; LOFCA; Energía eléctrica; Financiación autonómica; Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente; canon eólico
Resumen:
Una empresa dedicada a la producción de energía eólica solicitó la rectificación de las autoliquidaciones correspondientes al ejercicio 2013 del canon eólico establecido en la Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el canon eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha, petición desestimada mediante resolución del Director General de Industria, Energía y Minería de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha, de 21 de noviembre de 2016. Contra la referida resolución se presentó una reclamación económico –administrativa, desestimada por la Comisión Superior de Hacienda de la Consejería de Hacienda y Administraciones públicas de Castilla La Mancha de 25 de