Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla – La Mancha de 30 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Jesús Martínez Escribano Gómez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1108/2019 – ECLI: ES:TSJCLM:2019:1108
Temas Clave: Vertidos; aguas; sanción
Resumen:
La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) sancionó con una multa de 20.165€ al Ayuntamiento de Toledo por realizar un vertido susceptible de contaminar con obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidráulico (DPH), determinados en 6.049’73€, ello mediante Resolución de 18 de septiembre de 2017.
La CHT fundamenta la sanción en los siguientes artículos del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA): 1) artículo 116.f ), que tipifica como infracción “los vertidos que puedan deteriorar la calidad del agua o las condiciones de desagüe del cauce receptor, efectuados sin contar con la autorización correspondiente”; 2) artículo 117, que califica la conducta realizada como una infracción menos grave; y 3) artículo 118, que prevé la posibilidad de obligar al infractor “a reparar los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico, así
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 12 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Constantino Merino González)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1060/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019:1060
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Instrumentos de gestión; ZEPA; Red Natura 2000; ZEC
Resumen:
Una asociación manchega de agricultores impugna la Orden 63/2017, de 3 de abril, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueba el Plan de gestión de las Zonas de Especial Protección para las aves de ambientes esteparios. La recurrente considera que se han cometido errores formales constitutivos de una causa de anulabilidad de la Orden, en relación a su publicación y la figura normativa elegida para la aprobación del citado Plan. En sentido contrario, la Administración mantiene que la técnica de publicación de la norma y la figura normativa elegidas son conformes a derecho.
La Sala estima los motivos de impugnación esgrimidos por la asociación. Basa su razonamiento en distintos pronunciamientos del TSJ de Andalucía y del Tribunal
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 12 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Jaime Lozano Ibáñez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1073/2019- ECLI: ES:TSJ CLM:2019:1073
Temas Clave: Agricultura; Montes
Resumen:
A 27 de julio de 2015, la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales impuso a una sociedad agropecuaria una sanción de 11.460€ y la obligación de restauración por la comisión de una infracción grave. La calificación de la infracción se condiciona a que los hechos constitutivos de la misma hayan causado al monte daños cuyo plazo de reparación o restauración sea superior a seis meses y no exceda de diez años, en virtud del artículo 80.6) de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. En concreto, la conducta sancionada fue “la modificación sustancial de la cubierta vegetal del monte sin la correspondiente autorización administrativa” (artículo 81.2).
La sociedad recurrió en alzada la antecitada resolución, recibiendo respuesta desestimatoria de sus pretensiones mediante una resolución de la Consejería
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 18 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ AS 759/2019- ECLI:ES:TSJAS:2019: 759
Temas Clave: Caza; Planificación; Sostenibilidad
Resumen:
Una asociación animalista recurre la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado de Asturias, de 24 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan de Caza de las Reservas Regionales de Caza para la temporada 2017-2018.
Alega dos motivos de nulidad principales. De una parte, que el Plan de Caza establece los periodos hábiles de caza de cada una de las especies sin acreditar de manera suficiente la observancia de los principios de racionalización, orden y garantía de los procesos y equilibrios naturales que exige la normativa nacional y comunitaria. En concreto, entiende vulnerados el artículo 65.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, con relación al artículo 2 y 11 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 11 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AS 599/2019- ECLI:ES:TSJAS:2019:599
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; RAEE
Resumen:
Una sociedad interpone recurso contencioso – administrativo frente al acto desestimatorio presunto y la resolución del Consejero de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno del Principado de Asturias, de 13 de julio de 2017, por la que se deniega la solicitud de autorización como gestor de residuos peligrosos (RP) y no peligrosos (RNP) para un centro en el Polígono Industrial de Riaño III (Langreo). Solicita que se dicte sentencia estimatoria del recurso y se anule la resolución impugnada. Subsidiariamente, se anule la declaración de procedencia de cierre del expediente y se declare un plazo para dar cumplimiento a las prescripciones técnicas contenidas en el fallo.
Basa su defensa en que los motivos aducidos en la antecitada resolución no justifican la denegación de la solicitud de autorización, en tanto la
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