Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 12 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Jaime Lozano Ibáñez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1073/2019- ECLI: ES:TSJ CLM:2019:1073
Temas Clave: Agricultura; Montes
Resumen:
A 27 de julio de 2015, la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales impuso a una sociedad agropecuaria una sanción de 11.460€ y la obligación de restauración por la comisión de una infracción grave. La calificación de la infracción se condiciona a que los hechos constitutivos de la misma hayan causado al monte daños cuyo plazo de reparación o restauración sea superior a seis meses y no exceda de diez años, en virtud del artículo 80.6) de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. En concreto, la conducta sancionada fue “la modificación sustancial de la cubierta vegetal del monte sin la correspondiente autorización administrativa” (artículo 81.2).
La sociedad recurrió en alzada la antecitada resolución, recibiendo respuesta desestimatoria de sus pretensiones mediante una resolución de la Consejería
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 18 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ AS 759/2019- ECLI:ES:TSJAS:2019: 759
Temas Clave: Caza; Planificación; Sostenibilidad
Resumen:
Una asociación animalista recurre la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado de Asturias, de 24 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan de Caza de las Reservas Regionales de Caza para la temporada 2017-2018.
Alega dos motivos de nulidad principales. De una parte, que el Plan de Caza establece los periodos hábiles de caza de cada una de las especies sin acreditar de manera suficiente la observancia de los principios de racionalización, orden y garantía de los procesos y equilibrios naturales que exige la normativa nacional y comunitaria. En concreto, entiende vulnerados el artículo 65.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, con relación al artículo 2 y 11 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 11 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AS 599/2019- ECLI:ES:TSJAS:2019:599
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; RAEE
Resumen:
Una sociedad interpone recurso contencioso – administrativo frente al acto desestimatorio presunto y la resolución del Consejero de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno del Principado de Asturias, de 13 de julio de 2017, por la que se deniega la solicitud de autorización como gestor de residuos peligrosos (RP) y no peligrosos (RNP) para un centro en el Polígono Industrial de Riaño III (Langreo). Solicita que se dicte sentencia estimatoria del recurso y se anule la resolución impugnada. Subsidiariamente, se anule la declaración de procedencia de cierre del expediente y se declare un plazo para dar cumplimiento a las prescripciones técnicas contenidas en el fallo.
Basa su defensa en que los motivos aducidos en la antecitada resolución no justifican la denegación de la solicitud de autorización, en tanto la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 25 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Constantino Merino González)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 349/2019- ECLI: ES:TSJCLM:2019:349
Temas Clave: EDAR; RAMINP; Ruidos; Olores; Distancias
Resumen:
Un particular impugna en apelación la desestimación del recurso contencioso -administrativo mediante el que solicitó al Ayuntamiento de Hontanar, a distintas Consejerías de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a la entidad Aguas de Castilla – La Mancha, la reubicación inmediata de la EDAR de Hontanar. Su petición se fundamenta en el padecimiento de ruidos, olores y molestias derivadas del funcionamiento de la EDAR por estar sita a 6,3 m de su vivienda. En este sentido, menciona la jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencias de 1 de abril y 19 de julio de 2004) donde se establece la obligación de instalar las estaciones depuradoras a una distancia de al menos 2000 m de cualquier vivienda, en base a los artículos 4 y 15 del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 18 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Purificación López Toledo)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ CLM 261/2019- ECLI: ES:TSJCLM:2019:261
Temas Clave: Evaluación de Impacto Ambiental; ZEPA
Resumen:
A 23 de marzo, una promotora particular impugna la Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de 31 de enero de 2017, mediante la que se inadmite la solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), del expediente “Regadío para plantación de viña espaldera”. En ella se comunica a la promotora / recurrente que el proyecto es manifiestamente inviable por razones ambientales al ser incompatible en la zona donde pretende implementarse, a la luz del artículo 56 Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha. Así, en virtud del artículo 45.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental (LEA), procedería resolver la inadmisión del proyecto.
La promotora solicita: i) La declaración de nulidad y pérdida de efecto de la antecitada resolución; ii)
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