Se aprueba el reglamento del Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, de Cataluña
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 6929, de 6 de agosto de 2015
Temas Clave: Atmósfera; Aviación; Contaminación atmosférica; Emisión de contaminantes a la atmósfera; Energía nuclear; Fiscalidad ambiental
Resumen:
A través del Decreto 178/2015, de 4 de agosto, se ha aprobado el reglamento de los impuestos medioambientales sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, creados a través de la Ley 12/2014, de 10 de octubre, de Cataluña, y que viene a complementar el marco legal establecido en dicha norma.
Documento adjunto:
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 5 de junio de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: José de Bellmont Mora)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2507/2015 – ECLI:ES:TSJCV:2015:2507
Temas Clave: Ayuntamientos; Contaminación acústica; Competencias municipales; Libertad de empresa; Ruidos
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Ordenanza Municipal reguladora de los horarios y condiciones de limpieza y seguridad para las obras y construcciones en el término municipal de Altea.
En concreto, se solicita la nulidad de los artículos 4 y 5 de esta Ordenanza en cuya virtud se impone un horario reducido para el uso de mecanismos o herramientas que por sus características producen molestias de difícil o imposible corrección (tales como martillos neumáticos, compresores, picadoras, excavadoras, etc.). De esta manera, se limita su uso, en periodo no estival, a lunes-viernes entre las 8 y las 15 horas, y durante el periodo estival (15 de junio a 15 de septiembre) al horario comprendido entre las 9 y las 14 horas. Además, en el periodo que va entre el 15 de julio y el 31 de agosto,
Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de espacios protegidos de Aragón
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOA núm. 151, de 6 de agosto de 2015
Temas clave: Biodiversidad; Convención sobre los humedales de importancia internacional (Convenio de Ramsar); Espacios naturales protegidos; Gestión ambiental; Humedales; Instrumentos de planificación; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Montes; Ordenación de los recursos naturales; Paisaje; Parques Nacionales; Parques Naturales; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
La Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, ha sufrido a lo largo de los años sucesivas modificaciones de diferente intensidad:
-La Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, creó la denominada Red Natural de Aragón, modificando la Ley 6/1998 en lo concerniente al modelo de gestión de los Parques Nacionales, asumiendo la Comunidad Autónoma la exclusiva gestión del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.
-La Ley 12/2004, de 29 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, efectuó una modificación
Decreto 190/2015, de 25 de agosto, de desarrollo de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno de Cataluña
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 6944, de 27 de agosto de 2015
Temas clave: Contaminación lumínica; Eficiencia energética; Evaluación ambiental; Licencias y autorizaciones
Resumen:
Este Decreto tiene por objeto la regulación de las características de las instalaciones y los aparatos de iluminación con respecto a la contaminación lumínica que pueden producir, en desarrollo de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno. De esta forma, se regulan los sistemas de iluminación exterior, y los de interior en cuanto pueden afectar al exterior, tanto públicos como privados -con las exclusiones contenidas en el artículo 3.2, tales como las que afectan a instalaciones militares, aeroportuarias, etc.-, a fin de proteger el medio por la noche, mantener al máximo posible la claridad natural del cielo, evitar la contaminación lumínica y prevenir los efectos nocivos sobre los espacios naturales y el entorno urbano. Por último, se pretende mejorar la eficiencia energética
Se aprueba la declaración como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de varios Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y se aprueban sus normas de gestión para dichas Zonas y para una ZEPA, en la Comunidad Valenciana
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOCV núm. 7586, de 5 de agosto de 2015
Temas Clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
A través del Decreto 127/2015, de 31 de julio, del Consell, se declaran como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los siguientes Lugares de Importancia Comunitaria (LIC):
-Lavajos de Sinarcas.
.Marjal de Nules.
-Marjal dels Moros.
Asimismo, a través de este mismo Decreto se aprueban las normas de gestión de estos espacios y de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Marjal dels Moros, que se recogen como Anexos al Decreto.
Documento adjunto:
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