Decreto 7/2021, de 11 de marzo, por el que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 51, de 15 de marzo de 2021
Temas Clave: Turismo. Recursos naturales. Agenda 2030. Empresas. Acceso y ejercicio de la actividad.
Resumen:
Castilla y León cuenta con un importante patrimonio natural lo que le hace muy atractiva como destino de turismo de naturaleza. Desde este punto de vista, y teniendo en cuenta el incremento de las actividades que se engloban en el concepto de turismo activo, con la nueva regulación del sector se pretende que la oferta de los servicios sea diversa y de calidad.
Además, la regulación del turismo activo se hace en el marco de la Declaración «Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible» así como en el del Documento de directrices para la Implementación de la Agenda 2030 en Castilla y León, aprobado por Acuerdo de 29 de noviembre de 2018.
El presente decreto tiene por objeto regular las actividades de turismo activo en la
Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 66, de 18 de marzo de 2021
Temas Clave: Energía eléctrica. Comercialización. Distribución de energía. Precios. Producción de energía. Reglamentaciones técnicas.
Resumen:
A través del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, respectivamente; se introdujeron diversas modificaciones en la Ley del Sector Eléctrico, que afectaron a sus artículos 3.7, 16 y disposición final tercera.
Dentro de este marco, el objeto de este real decreto es definir la metodología a emplear en el cálculo anual del reparto entre los usuarios del sistema eléctrico de la cuantía de los cargos del sistema. En la elaboración de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 17 de diciembre de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Felipe Fresneda Plaza)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 4226/2020 – ECLI:ES:TSJCL:2020:4226
Temas Clave: Energía eólica. Paisaje. Impacto visual. Declaración de impacto ambiental.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso de apelación formulado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia que estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la compañía mercantil “EOLICA DE LA RUYA, S.L.”. Al efecto, declara que no es conforme a derecho la Resolución de 26 de Junio de 2018 de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Castilla y León, que a su vez desestimó el recurso de alzada formulado el 2 de Mayo de 2018 por dicha mercantil contra el Acuerdo de 28 de Marzo de 2018, adoptado por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Palencia, denegatorio de la solicitud de autorización para ampliación del parque
Ley de Cantabria 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOC núm. 55, de 22 de marzo de 2021
Temas Clave: Pesca. Recursos marinos. Zonas de protección. Gestión. Actividades extractivas. Acuicultura. Comercialización. Buceo. Actividades náuticas. Inspección. Infracciones y sanciones.
Resumen:
Esta ley tiene por objeto regular las siguientes materias: a) La conservación, la protección y la regeneración de los recursos marinos. b) El ejercicio de la pesca marítima, el marisqueo, la explotación de algas y la acuicultura. c) La ordenación del sector pesquero de Cantabria. d) La comercialización y la transformación de los productos pesqueros en Cantabria. e) Las actividades de buceo. f) La formación en actividades náuticas tanto profesionales como recreativas. g) La inspección, el control y el régimen sancionador.
A los efectos de la presente Ley se entiende por sector pesquero “la actividad económica del sector primario que consiste en la pesca y producción de pescado, marisco u otros productos marinos para consumo humano o como materia prima de procesos transformadores, así como la reparación de artes y aparejos”.
Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de S’Albufera de Mallorca
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 7/2021, de 22 de febrero, por el cual se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de S’Albufera de Mallorca y se modifica el Decreto 4/1988, de 28 de enero, por el cual se declara parque natural S’Albufera de Mallorca. (BOIB núm. 27, de 25 de febrero)
Palabras clave: Biodiversidad. Planificación. Parque natural. Humedales. Gestión hídrica. Red Natura 2000. Autorizaciones. Usos. Especies. Hábitats. Playa-duna.
Resumen:
El Parque Natural de S’Albufera de Mallorca fue el primer parque natural de las Illes Balears, declarado mediante el Decreto 4/1988, de 28 de enero. Es el humedal más extenso de las islas y está situado en la costa nordeste de Mallorca, en los municipios de Muro y Sa Pobla. Se declaró en el marco de la Ley 15/1975, de 2 de mayo, de espacios naturales protegidos, momento en el cual todavía no se aprobaban PORN, por lo que nunca ha tenido
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