Decreto 3/2022 de 28 de febrero, por el que se regula el régimen jurídico i funcionamiento de la Comissión de Medio Ambiente de las Illes Balears i se desarrolla el procedimiento de evaluación ambiental
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB n. 31, de 1 de marzo de 2022
Palabras Clave: Organización administrativa. Órgano ambiental. Competencias. Evaluaciones ambientales.
Resumen:
A raíz de la derogación de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares por el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, y para mejorar algunas cuestiones de competencias, composición y régimen de funcionamiento, se considera necesario adaptar la organización, procedimiento y funcionamiento de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB). Asimismo, en el marco del procedimiento establecido en la legislación básica estatal y con las particularidades previstas en el Texto refundido, se introduce un desarrollo de la tramitación de las evaluaciones ambientales.
La CMAIB es un órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares con independencia funcional, adscrito a la consejería competente en materia de medio ambiente, y
Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se regula el contenido y la periodicidad de los Informes de Situación del suelo en la Comunidad Autónoma de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 47, de 8 de marzo de 2022
Palabras Clave: Suelos contaminados.
Resumen:
La presente Orden tiene por objeto la regulación del contenido y periodicidad de los Informes de Situación del suelo a que se refiere el artículo 5 del Decreto 147/2007, de 24 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de contar con la información que se considere necesaria conocer para evaluar adecuadamente la posible contaminación del suelo.
El IS habrá de recoger, al menos, el siguiente contenido:
a) Número de referencia del expediente correspondiente a la última resolución de toma de conocimiento de la situación del suelo emitida.
b) Descripción del estado en que se encuentran las redes de saneamiento, de drenaje y de tuberías subterráneas, de existir estas en la instalación, la pavimentación y los depósitos, de
Castilla-La Mancha crea la Red Local 2030
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 13/2022, de 22 de febrero, por el que se crea la Red Local 2030 de Castilla-La Mancha. (DOCM n. 43, de 3 de marzo de 2022)
Palabras Clave: Agenda 2030. Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Resumen:
Las ciudades y los pueblos son clave para alcanzar los ODS. A través de este decreto se crea la Red Local 2030 de Castilla La Mancha como instrumento para promover el desarrollo regional inclusivo, sostenible y resiliente para las personas y el planeta; y establecer un espacio de diálogo y trabajo para implementar la Agenda 2030 a nivel local.
La Red servirá de marco común de trabajo y apoyo para las entidades locales, donde compartir y poner en común sus experiencias para la implantación de políticas de desarrollo sostenible regional y local en Castilla-La Mancha.
Para pertenecer a la Red, las entidades locales deberán comprometerse a movilizar los recursos humanos, materiales y económicos necesarios para implementar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
La Red, a través de las entidades locales que la forman
Orden de 17 de febrero de 2022, por la que se regulan los niveles genéricos de referencia para los metales pesados aplicables a las actividades potencialmente contaminantes del suelo en la Comunidad Autónoma de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 42, de 1 de marzo de 2022
Palabras Clave: Residuos. Suelos contaminados. Metales pesados.
Resumen:
La presente Orden tiene por objeto establecer los niveles genéricos de referencia para los metales pesados aplicables a las actividades potencialmente contaminantes del suelo en la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de contar con la información necesaria para evaluar adecuadamente la posible contaminación del suelo por tales elementos, niveles que se recogen en las tablas que se incluyen en el anexo de esta norma.
Se han establecido distintos niveles de concentración considerados como genéricos y que suponen los límites en el suelo que se traducen en un riesgo admisible. Los valores calculados son únicos, aplicables a cualquier uso del suelo y permiten realizar la evaluación tanto para la protección de la salud humana como la de los ecosistemas.
Para cada metal seleccionado,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 10 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Adriana Cid Perrino)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 590/2022 – ECLI:ES: TSJCL: 2022:590
Temas Clave: Urbanismo. Suelo rústico de protección cultural. Suelo rústico común. Informe ambiental estratégico. Uso excepcional en suelo rústico.
Resumen:
La Asociación Ecologistas en Acción de Valladolid impugna a través del presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo de 30 de mayo de 2018 de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Aldeamayor de San Martín, que tiene por objeto el cambio de categoría de suelo rústico de la parcela 128 del polígono 8, pasando de Suelo Rústico de Protección Cultural a Suelo Rústico Común, y la modificación de algunos parámetros de suelo rústico por considerarlos excesivamente restrictivos; como el concepto de parcela mínima que se rebaja a 2.500 m2 para todo suelo rústico y ciertos extremos de la regulación de usos en suelo rústico
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