Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 27 de mayo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 2189/2022 – ECLI: ES:TSJCL:2022:2189
Palabras clave: Dominio público hidráulico. Uso común especial. Pasarela. Río Alberche. Navegación.
Resumen:
El presente recurso trae causa de la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) de fecha 26 de abril de 2.021 que desestima el recurso de reposición interpuesto por el ayuntamiento de Navaluenga contra la resolución de ese mismo organismo de fecha 26 de marzo de 2020 por la que se deniega la solicitud de autorización para la ejecución de obras en zona de dominio público hidráulico mediante la instalación de una pasarela flotante desmontable y temporal durante la época estival sobre el río Alberche en el término municipal de Navaluenga (Ávila).
El Ayuntamiento alega que la pasarela tiene por finalidad comunicar con la orilla del río la isla que se forma por la bifurcación
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), de 24 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Miguel Pedro Pardo Castillo)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AND 1300/2022 – ECLI:ES:TSJAND:2022:1300
Palabras clave: Aguas subterráneas. Acuíferos. Comunidades de usuarios. Sobreexplotación. Delimitación territorial. Medidas de recuperación.
Resumen:
Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución presunta desestimatoria del recurso de alzada presentado por una Comunidad de Usuarios los días 3 y 6 de noviembre de 2017, contra la resolución de 25 de julio de 2017, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, por la que se adoptan las medidas dispuestas en el artículo 54 de la Ley de Aguas de Andalucía, para mejorar el estado cuantitativo y cualitativo de la masa de agua subterránea 060.013 Campos de Dalias-Sierra de Gádor (Almería), publicada por la resolución de 21 de septiembre de 2017.
Son partes codemandadas la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y la Junta Central de Usuarios
Real Decreto 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 209, de 31 de agosto de 2022
Palabras clave: Fiscalidad ambiental. Emisiones. Autorizaciones. Registro.
Resumen:
Al objeto de reducir las emisiones ocasionadas por los gases fluorados de efecto invernadero, resultó oportuno introducir mecanismos de corrección de las externalidades ambientales. Al efecto, mediante el artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, se introdujo en nuestro ordenamiento el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI).
No obstante, resulta necesario introducir una mayor sencillez del impuesto, que contribuya al mejor cumplimiento de la norma, e incrementar las medidas que favorezcan una efectiva lucha contra el fraude fiscal, especialmente en las adquisiciones transfronterizas. Por otra parte, la modificación del IGFEI es uno de los compromisos asumidos con la Comisión Europea y recogido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de aprobación de la «Estrategia para la conservación y gestión del lobo Canis lupus y su convivencia con las actividades del medio rural»
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 196, de 16 de agosto de 2022
Palabras clave: Lobo. Planificación. Gestión. Conservación. Ganadería. Presupuestos.
Resumen:
La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es el órgano consultivo y de colaboración entre la Administración General del Estado y las administraciones de las Comunidades Autónomas para la coordinación de sus políticas y actuaciones medioambientales. El MITECO y las CCAA han elaborado esta estrategia en el seno del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. En el marco de sus respectivas competencias, han considerado necesario disponer de una nueva Estrategia que actualice la vigente desde 2005 y proponga las líneas prioritarias de actuación acorde con los cambios acontecidos en el estatus legal de la especie en el
Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 184, de 2 de agosto de 2022
Palabras clave: Costas. Playas. Cambio climático. Dominio público marítimo-terrestre. Dunas. Ocupación de playas. Pantallas arquitectónicas. Servidumbre de protección. Concesiones. Plazos. Prórrogas.
Resumen:
El dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y, en particular, la ribera del mar, es especialmente sensible a la subida del nivel medio del mar vinculado al cambio climático. Sus efectos, de acuerdo con los escenarios climáticos futuros, producirán, entre otros cambios, un progresivo calentamiento del agua y una creciente subida del nivel del mar a medida que avance el siglo XXI. Por tanto, resulta imprescindible progresar en la integración de las medidas que permitan anticipar su adaptación desde la planificación y la gestión costera, necesarias para minimizar dichos impactos.
La modificación de los artículos 3, 4, 27, 68, 69 y 74 obedece a este objetivo. Así, para garantizar la estabilidad de las playas y la defensa de la costa, no resulta necesaria
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