Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. (BOE núm. 50, de 27 de febrero de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Transporte; Mercancías peligrosas; Accidentes; Certificaciones; Envases; Embalajes
Resumen:
Las diversas modificaciones introducidas en esta materia tanto en la normativa comunitaria como en la internacional, han llevado al legislador a aprobar un nuevo real decreto cuya finalidad es poner al día todas aquellas normas que han quedado obsoletas, o son contrarias a las normas internacionales vigentes en este momento; aprovechando esta ocasión para actualizar la normativa aplicable al transporte de mercancías peligrosas por carretera, que regule, en su conjunto, todas las cuestiones que puedan afectarle. Asimismo, se pretende desarrollar normas internas en la materia, en aspectos que, o bien no se contemplan en el Acuerdo europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), o bien se deja libertad a los Estados para su desarrollo o concreción.
Reglamento Delegado (UE) núm. 134/2014 de la Comisión de 16 de diciembre de 2013 que complementa el Reglamento (UE) núm. 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los requisitos de eficacia medioambiental y rendimiento de la unidad de propulsión y modifica su anexo V. (DOUE L53/1, de 21 de febrero de 2014)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la Revista Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Vehículos; Eficacia medioambiental
Resumen:
El Reglamento (UE) núm. 168/2013, relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos; establece la posibilidad de aplicar los reglamentos de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (en adelante, CEPE) a efectos de la homologación de tipo UE de vehículos completos. Así, la homologación de tipo conforme a los reglamento CEPE que se aplican con carácter obligatorio se considera homologación de tipo UE. Una aplicación obligatoria que evita duplicaciones de requisitos técnicos, de procedimientos de certificación y administrativos. Ahora bien, el Reglamento 168/2013 ha de ser ahora complementado, teniendo en cuenta que por
Orden Foral 501/2013, de 19 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se revisan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el Programa de Actuaciones para el periodo 2014-2017. (BON núm. 24, de 5 de febrero de 2014)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Contaminación por nitratos; Zonas vulnerables
Resumen:
En base a las determinaciones establecidas en el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, y teniendo en cuenta la documentación cartográfica remitida desde la Confederación Hidrográfica del Ebro, la Comunidad Foral designa a través de la presente Orden las zonas vulnerables de cara al periodo cuatrienal 2014-2017.
Establecimiento de procedimientos de registro y adhesión voluntaria de las organizaciones a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR núm. 18, de 12 de febrero de 2014
Temas Clave: Gestión y Auditoría Ambientales
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto el establecimiento del procedimiento para la aplicación en la CA de La Rioja del Reglamento CE 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental, en adelante EMAS.
Se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 35, de 20 de febrero
Temas Clave: Régimen de Competencias; Ordenación del Territorio; Urbanismo
Resumen:
Es objeto del presente Decreto regular el ejercicio de las competencias y funciones de la Administración de la Junta de Andalucía derivadas de la legislación en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Se regula una nueva composición y funcionamiento de los órganos colegiados, tanto decisorios como consultivos, con el objetivo de incrementar la participación de estos órganos en la fase previa de tramitación del planeamiento territorial y urbanístico aportando sugerencias y observaciones, y no en su fase final, como venía sucediendo hasta ahora.
|