Declaración de la Zona Especial de Conservación Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama en Andalucía
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 2/2016, de 12 de enero, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama (ES6170007) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama. (BOJA Núm. 15, de 25 de enero de 2016)
Temas Clave: Red Natura 2000; Zona de especial conservación; Planificación; Andalucía
Resumen:
La declaración de esta ZEC conlleva su inclusión en el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía e integración en la red ecológica europea Natura 2000. Los hábitats y especies en atención a los cuales se declara la ZEC Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama, son los que figuran en el Anexo II.
Además, con la finalidad de racionalizar los límites de las diferentes categorías de protección existentes en el territorio y facilitar una gestión unitaria e integral de los valores que cada figura pretende conservar, se adecuan los límites de la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 4 de noviembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Jesús Mozo Amo)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 5241/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:5241
Temas Clave: Concesión de aguas; Ecosistemas acuáticos; Presa; Construcción de paso piscícola
Resumen:
En este supuesto, la mercantil “GAS NATURAL SDG, S.A.” interpone recurso contencioso-administrativo frente a la Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Duero de fecha 25 de mayo de 2012 que deviene de la desestimación del recurso de reposición formulado frente a otra resolución del mismo Órgano por la que se requirió a la mercantil para que aportase un proyecto en el que se justificaran y describieran las obras de un paso piscícola a realizar en el azud existente en el cauce del río Bernesga, debiendo indicar los parámetros de diseño de la escala de peces a proyectar. Debemos puntualizar que la mercantil dispone de concesión de aguas sobre ese cauce desde el 20 de junio de 1969.
La Administración basa su argumentación en que no se trata de la modificación
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 27 de octubre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Javier Oraa Gonzalez)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 4856/2015 – ECLI:ES:TSJCL:2015:4856
Temas Clave: Residuos; Autorización ambiental; Modificación de la valorización de residuos no peligrosos
Resumen:
El objeto de la pretensión formulada por la Federación “Ecologistas en acción de Castilla y León” es la declaración de nulidad, anulabilidad o contraria a derecho de la Orden FYM/948/2012, de 22 de octubre, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, por la que se concedió autorización ambiental a la empresa “CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A.” para llevar a cabo la modificación relativa a la valorización de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento y cantera de caliza ubicada en el término municipal de Venta de Baños.
En primer lugar, la Sala se pronuncia sobre las irregularidades de procedimiento denunciadas por la recurrente. No acoge su argumentación al entender que se han observado los trámites de
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 10 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Juan Pedro Quintana Carretero)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 4167/2015 – ECLI:ES:AN:2015:4167
Temas Clave: Dominio público marítimo-terrestre; Residuos; Punto limpio; Astillero
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación para la defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA) contra la resolución de fecha 27 de enero de 2005, dictada por el Director General de Costas, por la que se otorga a Astilleros de Santander, S.A. autorización para la realización en terrenos de dominio público marítimo-terrestre (DPMT) de las obras contempladas en el “Proyecto de Ejecución y actividad de un punto limpio”, en el término municipal de Astillero (Cantabria).
En realidad, se trata de la instalación de un centro de tratamiento de residuos oleosos y transferencia de residuos nocivos líquidos, cuya capacidad es superior a las necesidades de un astillero; por lo que la Administración permite, a través de la resolución recurrida, que los residuos puedan proceder tanto del astillero como de otras industrias.
La demandante alega, en
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2015 (Sala de lo Penal, Sección 1, Ponente: Antonio del Moral García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 4342/2015 – ECLI:ES:TS:2015:4342
Temas Clave: Delito contra los recursos naturales y el medio ambiente; Peligro para la salud; Funcionamiento clandestino de la actividad; Residuos; Aparatos eléctricos
Resumen:
La presente resolución judicial deviene del recurso de casación interpuesto por las defensas de los respectivos acusados contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de 4 de diciembre de 2014 sobre comisión de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente en relación con el desarrollo de actividades de residuos de aparatos frigoríficos; que fue objeto de comentario en esta publicación: https://www.actualidadjuridicaambiental.com/jurisprudencia-al-dia-audiencia-provincial-de-madrid-residuos-frigorificos/
Entonces, ya pusimos de relieve la gravedad de los hechos cometidos y, prueba de ello, fue el elevado grado de las penas a los que los acusados fueron condenados. Ahora, simplemente nos vamos a ceñir a los motivos del recurso que consideramos más directamente relacionados con la materia jurídico-ambiental.
-PRIMERO: Una de las defensas alega la falta de una pieza clave de
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