Se aprueba el Plan de Control del Cangrejo Rojo (Procambarus clarkii) en las Marismas del Guadalquivir
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden de 3 de agosto de 2016, por la que se aprueba el Plan de Control del Cangrejo Rojo (Procambarus clarkii) en las Marismas del Guadalquivir. (BOJA núm. 152, de 9 de agosto de 2016)
Temas Clave: Biodiversidad; Cangrejo rojo, Procambarus clarkii; Planificación; Especie exótica invasora preocupante
Resumen:
El cangrejo rojo, Procambarus clarkii, ha sido incluido en la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 de la Comisión de 13 de julio de 2016. A su vez, se incluye como especie exótica invasora por el Real Decreto 630/2013, 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
Este Plan tiene por objeto adaptarse a la normativa vigente tras la modificación la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad, mediante la Ley 33/2015, de 22 de septiembre de 2015 y la Sentencia del Tribunal Supremo 637/2016 de 16 de marzo, por la que se anula
Se publican las determinaciones del contenido normativo del Plan Hidrológico de las Illes Balears
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de la directora general de Recursos Hídricos mediante la que se dispone la publicación de las determinaciones del contenido normativo del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado mediante el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio. (BOIB núm. 96, de 29 de julio de 2016)
Temas Clave: Aguas; Planificación hidrológica
Resumen:
Se publican el Boletín Oficial de las Illes Balears los textos que incluyen las disposiciones de contenido normativo, así como los anexos, del Plan Hidrológico de las Illes Balears, aprobado mediante el Real Decreto 701/2015, de 17 de julio.
Simplemente destacaremos los objetivos específicos de este Plan:
1) Definir los recursos disponibles para una explotación sostenible.
2) Asegurar la cantidad y calidad del agua suministrada como agua de consumo humano.
3) Asegurar la armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando la disponibilidad del recurso y protegiendo su calidad.
4) Fomentar el ahorro en los consumos de agua promoviendo medidas técnicas y políticas que lo incentiven y penalicen el uso desmesurado.
5) Asegurar
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 128/2016, de 7 de julio de 2016 (Ponente: Santiago Martínez-Vares García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 192, de 10 de agosto de 2016
Temas Clave: Puertos; Establecimientos comerciales; Interés general; Planificación general de la actividad económica
Resumen:
El Pleno del Tribunal examina el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno frente a varios preceptos y disposiciones adicionales de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Nos vamos a ceñir exclusivamente a la impugnación del art. 95 que, bajo la rúbrica «Modificación del Decreto ley 1/2009 (Equipamientos comerciales)», dispone lo siguiente:
«Se añade una disposición adicional, la duodécima, al Decreto ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales, con el siguiente texto:
Duodécima. Excepciones a los criterios de localización y ordenación del uso comercial.
“Los pequeños y medianos establecimientos comerciales, individuales o colectivos, pueden implantarse dentro de las instalaciones de los puertos de titularidad pública, con gestión directa o indirecta, siempre y cuando estén situados en los entornos
Real Decreto 294/2016, de 15 de julio, por el que se establece el procedimiento para la gestión de los derechos mineros y de los derechos del dominio público de hidrocarburos afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 178, de 25 de julio de 2016
Temas Clave: Minas; Hidrocarburos; Sistema geodésico de referencia
Resumen:
La aprobación de este Reglamento está directamente relacionada con el contenido de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, que actualizó el sistema geodésico de referencia empleado en la exploración, investigación y producción de hidrocarburos con efectos de aplicación a partir de 1 de enero de 2015.
Este Real Decreto tiene por objeto establecer el procedimiento para la gestión de los derechos mineros afectados por el cambio del sistema geodésico de referencia, y en particular el procedimiento para la asignación de demasías mineras generadas como consecuencia de dicha adaptación, para los permisos y aprovechamientos de recursos de las secciones C) y D), en desarrollo de lo establecido en el artículo 76.2 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo de los meses de julio y agosto de 2016, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico. (BOE núm. 199, de 18 de agosto de 2016)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2016/08/18/pdfs/BOE-A-2016-7942.pdf
Plazo: El que se establezca en la correspondiente convocatoria y, en caso de no establecerlo, en el de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en
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