Sentencia 109/2017 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 21 de septiembre de 2017 (Ponente: Pedro González-Trevijano Sánchez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE Núm. 247, de 13 de octubre de 2017
Temas Clave: Evaluación ambiental; Nivel de protección; Normativa básica; Planes y programas; Consulta; Subsanación
Resumen:
El Pleno del Tribunal resuelve el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Presidente del Gobierno contra los artículos 9.4, 26.2 y 33.1 a) de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears.
El Abogado del Estado considera que los preceptos impugnados vulneran el artículo 149.1.23 CE, que habilita al Estado para dictar la legislación básica de protección del medio ambiente, y además, el artículo 26.2 sería contrario al artículo 149.1.18 CE, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de procedimiento administrativo común. Las partes están conformes en que las normas impugnadas se encuadran en la materia de medio ambiente.
Con carácter previo, al tratarse de una controversia de naturaleza competencial, la Sala encuadra los tres preceptos impugnados atendiendo a su finalidad. Para